A/RES/58/240
Partes en la Convención que no lo hayan hecho todavía a que consideren la
posibilidad de formular una declaración escrita por la cual elijan uno o varios de los
medios señalados en el artículo 287 para la solución de las controversias relativas a
la interpretación o la aplicación de la Convención y del Acuerdo, e invita a los
Estados Partes a tomar conocimiento de las disposiciones de los anexos V, VI, VII y
VIII de la Convención, relativos respectivamente a la conciliación, el Tribunal, el
arbitraje y el arbitraje especial;
10. Rinde homenaje a la Corte Internacional de Justicia por la importante
función que cumple respecto de la solución pacífica de controversias relacionadas
con el derecho del mar desde hace largo tiempo;
11. Recuerda la obligación que, en virtud del artículo 296 de la Convención,
tienen las partes en las controversias sometidas a una corte o tribunal a que se hace
referencia en el artículo 287 de la Convención de velar por la pronta aplicación de
las decisiones de esa corte o tribunal;
12. Alienta a los Estados Partes en la Convención que todavía no lo hayan
hecho a designar conciliadores y árbitros de conformidad con lo dispuesto en los
anexos V y VII de la Convención, y pide al Secretario General que siga actualizando
y distribuyendo periódicamente las listas de conciliadores y árbitros;
IV
La Zona
13. Observa los avances registrados en el examen de las cuestiones relativas
al reglamento sobre la prospección y exploración de sulfuros polimetálicos y costras
ricas en cobalto en la Zona;
14. Reitera la importancia del proceso en curso por el cual la Autoridad
Internacional de los Fondos Marinos (“la Autoridad”), de conformidad con el
artículo 145 de la Convención, procede a la elaboración de normas, reglamentos y
procedimientos para asegurar la eficaz protección del medio marino, la protección y
conservación de los recursos naturales de la Zona y la prevención de los efectos
perjudiciales que sobre su flora y fauna puedan tener las actividades que se realicen
en la Zona;
V
Funcionamiento efectivo de la Autoridad y del Tribunal
15. Hace un llamamiento a todos los Estados Partes en la Convención para
que paguen puntualmente y en su totalidad las cuotas que se les han asignado para la
financiación de la Autoridad y el Tribunal, y a todos los Estados que fueron
miembros provisionales de la Autoridad para que paguen sus cuotas pendientes;
16. Exhorta a los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren la
posibilidad de ratificar el Acuerdo sobre los privilegios e inmunidades del Tribunal 8
y el Protocolo sobre los privilegios e inmunidades de la Autoridad 9, o adherirse a
ellos;
_______________
8
9
SPLOS/25.
ISBA/4/A/8, anexo.
5
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