A/RES/56/201 otros instrumentos similares que utilizan las distintas organizaciones del sistema y el Marco aprobado; 42. Señala el papel que el Marco debe desempeñar para facilitar la contribución del sistema de las Naciones Unidas a la aplicación integrada y coordinada, en el plano nacional, de la Declaración del Milenio y de los resultados de las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas, así como para proporcionar una respuesta más coherente e integrada del sistema de las Naciones Unidas a las prioridades nacionales de desarrollo; 43. Señala también la importancia de intensificar las consultas, en la formulación de la evaluación común para los países y del Marco, entre los gobiernos nacionales, los organismos de desarrollo pertinentes de las Naciones Unidas, incluidos los organismos especializados, y otros interesados pertinentes; 44. Alienta a una mayor cooperación entre el Banco Mundial, los bancos regionales de desarrollo y todos los fondos y programas, teniendo en cuenta sus correspondientes competencias, mandatos y ventajas comparativas, con miras a aumentar la complementariedad y mejorar la distribución de funciones, así como a aumentar la coherencia de sus actividades sectoriales, sobre la base de los acuerdos existentes y de plena conformidad con las prioridades de los gobiernos receptores, y, a este respecto, destaca la importancia de garantizar, bajo la dirección de los gobiernos nacionales, una mayor coherencia entre los marcos estratégicos elaborados por los fondos, programas y organismos de las Naciones Unidas y por las instituciones de Bretton Woods, y las estrategias nacionales de reducción de la pobreza, incluidos los documentos de estrategia de lucha contra la pobreza, en los casos en que se apliquen; 45. Insta a las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas a que, cuando apliquen los procesos de evaluación común para los países y el Marco, velen por la adopción de medidas encaminadas a simplificar y armonizar los procedimientos de evaluación y la programación para los países a fin de reducir los costos de transacción y evitar el establecimiento de requisitos adicionales en materia de procedimiento, así como el volumen de trabajo tanto para los países receptores como para los equipos nacionales de las Naciones Unidas; 46. Alienta a los donantes bilaterales y al sistema de las Naciones Unidas a lograr una coordinación más activa de sus actividades sobre el terreno bajo la dirección de los gobiernos receptores y utilizando, entre otros instrumentos, la evaluación común para los países; 47. Pide al Secretario General que, en consulta con los Estados Miembros, inicie una evaluación de los progresos de la evaluación común para los países y del Marco y sus repercusiones en la esfera de las actividades operacionales, como parte integrante de la próxima revisión trienal de la política relativa a las actividades operacionales, y que presente un informe, por conducto del Consejo Económico y Social, en su período de sesiones sustantivo de 2004, sobre los resultados de esa evaluación, incluidas la experiencia adquirida y las recomendaciones hechas, para su examen por la Asamblea General en su quincuagésimo noveno período de sesiones; V Evaluación de las actividades operacionales para el desarrollo 48. Subraya la importancia de supervisar y evaluar las actividades operacionales del sistema de las Naciones Unidas a fin de mejorar su eficacia y su 8

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