A/RES/57/63
multilaterales no discriminatorias en las que han participado un gran número de
países, independientemente de su extensión y poder,
Consciente de la necesidad de seguir avanzando en el ámbito de la regulación
de los armamentos, la no proliferación y el desarme sobre la base de negociaciones
universales, multilaterales y no discriminatorias con el fin de alcanzar el desarme
general y completo bajo un control internacional estricto,
Reconociendo la complementariedad de
plurilaterales y multilaterales sobre el desarme,
las
negociaciones
bilaterales,
Reconociendo también que la proliferación y el desarrollo de armas de
destrucción en masa, incluidas las armas nucleares, se cuentan entre las amenazas
más inmediatas a la paz y la seguridad internacionales que es preciso afrontar, como
cuestión de la más alta prioridad,
Considerando que los acuerdos de desarme multilaterales ofrecen el
mecanismo para que los Estados partes celebren consultas entre ellos y cooperen en
la solución de cualquier problema que pueda surgir en cuanto a los objetivos o la
aplicación de las disposiciones de los acuerdos y que tales consultas y cooperación
también pueden realizarse mediante procedimientos internacionales apropiados en el
marco de las Naciones Unidas y de conformidad con la Carta,
Subrayando que la cooperación internacional, el arreglo de controversias por
medios pacíficos, el diálogo y las medidas de fomento de la confianza contribuirían
de manera fundamental a establecer relaciones multilaterales y bilaterales de
amistad entre los pueblos y las naciones,
Preocupada por el hecho de que el multilateralismo pierda terreno de manera
constante en el ámbito de la regulación de los armamentos, la no proliferación y el
desarme, y reconociendo que el recurso a medidas unilaterales por parte de los
Estados Miembros para resolver las cuestiones que les preocupan en materia de
seguridad pondría en peligro la paz y la seguridad internacionales y socava la
confianza en el sistema de seguridad internacional, así como los fundamentos de las
propias Naciones Unidas,
Reafirmando la validez absoluta de la diplomacia multilateral en el ámbito del
desarme y decidida a promover el multilateralismo como medio fundamental de
desarrollar las negociaciones sobre la regulación de los armamentos y el desarme,
1.
Reafirma el multilateralismo como principio básico de las negociaciones
en la esfera del desarme y la no proliferación encaminadas a mantener y fortalecer
normas universales y a ampliar su alcance;
2.
Reafirma también además el multilateralismo como principio básico para
resolver las cuestiones preocupantes en materia de desarme y no proliferación;
3.
Insta a todos los Estados interesados a participar en forma no
discriminatoria en las negociaciones multilaterales sobre la regulación de los
armamentos, la no proliferación y el desarme;
4.
Subraya la importancia de preservar los acuerdos existentes sobre la
regulación de los armamentos y el desarme, que son muestra de los resultados de la
cooperación internacional y las negociaciones multilaterales en respuesta a los
desafíos que se plantean a la humanidad;
5.
Exhorta una vez más a todos los Estados Miembros a que renueven y
cumplan sus compromisos individuales y colectivos con la cooperación multilateral
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