A/RES/50/105
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Destacando la necesidad de que se proporcionen recursos suficientes para
fomentar la capacidad de los gobiernos de los países en desarrollo de promover
el desarrollo de los recursos humanos al aplicar sus programas, planes y
estrategias nacionales de desarrollo,
Destacando también que incumbe a los gobiernos de los países en
desarrollo la responsabilidad fundamental de la definición y aplicación de
políticas adecuadas de desarrollo de los recursos humanos,
Reconociendo el papel fundamental que desempeñan la cooperación Sur-Sur
y la cooperación Norte-Sur en el apoyo, tanto bilateral como multilateral, de
las iniciativas nacionales de desarrollo de los recursos humanos,
Destacando que los órganos y organizaciones del sistema de las Naciones
Unidas deben coordinar e integrar la asistencia que prestan a los países en
desarrollo, especialmente a los más vulnerables, para promover el desarrollo
de sus recursos humanos, y que las Naciones Unidas deben seguir dando
prioridad al desarrollo de los recursos humanos en los países en desarrollo,
Reconociendo la importancia asignada en la Declaración de Copenhague
sobre Desarrollo Social y en el Programa de Acción de la Cumbre Mundial sobre
Desarrollo Social al componente humano del desarrollo 1/,
Reconociendo también la importancia de la Plataforma de Acción aprobada
en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer 2/, celebrada en Beijing del
4 al 15 de septiembre de 1995,
1.
Toma nota con reconocimiento del informe del Secretario General
sobre el desarrollo de los recursos humanos para el desarrollo 3/;
2.
Destaca que en el desarrollo de los recursos humanos debe
adoptarse un enfoque global, bien concebido e integrado, que incorpore una
perspectiva de género y en el que se tengan en cuenta las necesidades de todas
las personas, incluyendo esferas tan vitales como las de la población, la
salud, la nutrición, el agua, el saneamiento, la vivienda, las comunicaciones,
la educación y la capacitación y la ciencia y la tecnología, y teniendo en
cuenta la necesidad de crear más oportunidades de empleo en un entorno
propicio para la libertad política, la participación popular, el respeto de
los derechos humanos, la justicia y la equidad, que son elementos esenciales
para promover la capacidad humana de afrontar las tareas del desarrollo;
3.
Alienta a todos los países a que en el contexto de la adopción de
políticas económicas y sociales otorguen prioridad, en particular en sus
presupuestos nacionales, al desarrollo de los recursos humanos;
4.
Destaca la necesidad de velar por la plena participación de la
mujer en la formulación y aplicación de las políticas nacionales tendientes a
promover el desarrollo de los recursos humanos;
1/
Véase A/CONF.166/9, cap. I, resolución 1.
2/
A/CONF.177/20 y Add.1, cap. I, resolución 1, anexo II.
3/
A/50/330 y Corr.1.
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