A/HRC/RES/39/10 Reconociendo que el respeto, la protección y el logro del pleno disfrute de los derechos humanos de todas las mujeres y las niñas y la plena consecución de todos los Objetivos y metas de la Agenda 2030, en particular el Objetivo 5 de lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas y la meta 3.1 de reducir la tasa mundial de mortalidad materna, están relacionados entre sí y se refuerzan mutuamente, Reconociendo que la salud sexual y reproductiva y los derechos reproductivos son fundamentales para la efectividad del derecho de toda persona a disfrutar del más alto nivel posible de salud física y mental, y que unos servicios integrales de salud sexual y reproductiva deben tener los elementos interrelacionados y esenciales de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad, sobre la base de la no discriminación y la igualdad formal y sustantiva, entre otras cosas haciendo frente a las formas de discriminación múltiples e interrelacionadas, Profundamente preocupado por la persistencia de las vulneraciones del derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, incluida la salud sexual y reproductiva, que repercuten negativamente en las tasas de mortalidad y morbilidad asociadas a la maternidad, y por que el pleno disfrute de este derecho sigue siendo un objetivo lejano para muchas mujeres y niñas de todo el mundo, Reconociendo que las vulneraciones del derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, incluida la salud sexual y reproductiva, en particular la insuficiencia de servicios obstétricos de emergencia y la práctica de abortos en condiciones de riesgo, pueden provocar muchos casos de morbilidad materna, entre otras cosas por fístula obstétrica, por lo que en muchas regiones del mundo las mujeres y las niñas en edad de procrear padecen problemas de salud o mueren, especialmente en situaciones humanitarias, y que para reducir considerablemente la mortalidad materna y neonatal y erradicar la fístula obstétrica es preciso ampliar de manera drástica y sostenible el tratamiento y los servicios de atención de la salud de calidad, incluidos los servicios obstétricos de emergencia de alta calidad, y el número de matrones y cirujanos de fístula capacitados y competentes, Reconociendo también que las situaciones humanitarias pueden agravar las pautas y estructuras existentes de discriminación y desigualdad y reducir aun más el acceso de las mujeres y las niñas a la atención, la información y los servicios sanitarios, así como a la vivienda, el agua, el saneamiento, la educación y el empleo, y que en las zonas afectadas el acceso a servicios esenciales como los servicios de atención de la salud, incluidos los servicios de atención de la salud sexual y reproductiva, se ve entorpecido por la insuficiencia de infraestructuras y la falta de personal sanitario cualificado, medicamentos y suministros médicos básicos, y protocolos de derivación de todas las supervivientes de la violencia sexual y de género centrados en sus necesidades, Reconociendo además que, en las situaciones humanitarias, la desintegración de los sistemas judiciales, la discriminación por motivos de género y la discriminación contra los refugiados en los países de acogida, el temor a represalias contra ellas o sus familias y el estigma asociado a la violencia sexual y de género impiden a las mujeres y las niñas supervivientes de la violencia sexual y de género y aquellas a quienes se niega el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva denunciar la violencia sexual y pedir que se haga justicia, se rindan cuentas y se reparen las vulneraciones de sus derechos, Profundamente preocupado porque las mujeres y las niñas que viven situaciones humanitarias están expuestas de manera desproporcionada a un alto riesgo de ver vulnerados sus derechos, en particular de ser víctimas de trata, violencia sexual y de género, violación sistemática, esclavitud sexual, esterilización forzada, embarazo forzado y prácticas nocivas como el matrimonio infantil, precoz y forzado; a la falta de servicios, información con base empírica y educación en materia de salud sexual y reproductiva accesibles y apropiados, en particular educación sexual integral adaptada al desarrollo evolutivo del niño; a la falta de acceso a servicios de atención perinatal, incluida la asistencia cualificada en el parto, y de atención obstétrica de emergencia; a la pobreza; al subdesarrollo; a todos los tipos de malnutrición; a la falta de acceso a medicamentos y equipo médico; a la escasez de recursos humanos y materiales en los sistemas de atención de la salud; a la escasez de recursos humanitarios y de financiación que afecta a los GE.18-16418 3

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