A/RES/59/107
1.
Exhorta a todos los Estados que aún no lo hayan hecho a adoptar todas las
medidas necesarias para pasar a ser partes, lo antes posible, en la Convención sobre
prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan
considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados1 y sus Protocolos,
en su forma enmendada, con miras a lograr cuanto antes el mayor número posible de
adhesiones a esos instrumentos con el fin último de que sean universales;
Exhorta a todos los Estados Partes en la Convención que todavía no lo
2.
hayan hecho a expresar su consentimiento a considerarse obligados por los Protocolos
de la Convención y por la enmienda por la cual se amplía el alcance de la Convención
y sus Protocolos para incluir los conflictos armados de carácter no internacional;
Acoge con satisfacción la aprobación del Protocolo sobre los restos
3.
explosivos de guerra (Protocolo V) 5 en la Reunión de los Estados Partes celebrada
en Ginebra los días 27 y 28 de noviembre de 2003, y exhorta a los Estados Partes a
expresar su consentimiento a considerarse obligados por el Protocolo y a notificar lo
antes posible al depositario de su consentimiento;
Toma conocimiento de la decisión de la Reunión de los Estados Partes de
4.
que el Grupo de Trabajo sobre los restos explosivos de guerra continuara su labor en
2004 con el mandato de seguir examinando la aplicación de los principios existentes
del derecho internacional humanitario y seguir estudiando, con un enfoque flexible,
e inicialmente haciendo particular hincapié en la celebración de reuniones de
expertos militares y técnicos, medidas preventivas posibles para mejorar el diseño
de ciertos tipos concretos de municiones, incluidas las submuniciones, con vistas a
reducir al mínimo el riesgo humanitario que supondría que esas municiones se
transformaran en restos explosivos de guerra 6;
5.
Toma conocimiento también de la decisión de la Reunión de los Estados
Partes de que el Grupo de Trabajo sobre las minas distintas de las minas
antipersonal continuara su labor en 2004 con el mandato de examinar todas las
propuestas sobre las minas distintas de las minas antipersonal que se hubieran
formulado desde el establecimiento del Grupo de Expertos Gubernamentales 7;
6.
Toma conocimiento además de la decisión de la Reunión de los Estados
Partes de que el Presidente designado siguiera celebrando consultas durante el
intervalo entre los períodos de sesiones sobre las posibles opciones para promover el
cumplimiento de la Convención y sus Protocolos, teniendo en cuenta las propuestas
formuladas 8;
7.
Expresa su apoyo a la labor realizada por el Grupo de Expertos
Gubernamentales y alienta al Presidente designado y al Grupo a realizar sus tareas, de
conformidad con el mandato para 2004, con miras a elaborar recomendaciones
adecuadas sobre las minas distintas de las minas antipersonal para presentarlas en la
Reunión de los Estados Partes que se celebrará los días 18 y 19 de noviembre de 2004,
y a informar sobre la labor realizada en materia de cumplimiento, así como sobre la
aplicación de los principios existentes del derecho internacional humanitario y sobre
posibles medidas preventivas de orden técnico en relación con los restos explosivos
de guerra;
_______________
5
Véase CCW/MSP/2003/3, apéndice II.
Ibíd., párr. 26 y apéndice III.
7
Ibíd., párr. 27 y apéndice IV.
8
Ibíd., párr. 28.
6
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