A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/52/112
18 de febrero de 1998
Quincuagésimo segundo período de sesiones
Tema 111 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/52/643)]
52/112. Utilización de mercenarios como medio de violar los derechos humanos
y obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre
determinación
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 49/150, de 23 de diciembre de 1994, 50/138, de 21 de diciembre
de 1995, y 51/83, de 12 de diciembre de 1996,
Recordando también todas las resoluciones en la materia en que, entre otras cosas, condenó a todos
los Estados que permiten o toleran el reclutamiento, la financiación, el entrenamiento, la concentración,
el tránsito y la utilización de mercenarios con el objetivo de derrocar a los gobiernos de Estados Miembros
de las Naciones Unidas, especialmente de países en desarrollo, o de luchar contra movimientos de
liberación nacional, y recordando además las resoluciones del Consejo de Seguridad, el Consejo
Económico y Social y la Organización de la Unidad Africana sobre la cuestión,
Reafirmando los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas relativos a
la estricta observancia de los principios de la igualdad soberana, la independencia política, la integridad
territorial de los Estados, la no utilización de la fuerza o de la amenaza del uso de la fuerza en las
relaciones internacionales y la libre determinación de los pueblos,
98-76798
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