A/RES/49/158 Página 3 1. Acoge con satisfacción la resolución 1994/16 del Consejo Económico y Social, de 25 de julio de 1994, titulada "Fortalecimiento del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal"; 2. Reafirma la importancia del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal y la función fundamental que debe desempeñar en la promoción de la cooperación internacional a ese respecto, en la respuesta a las necesidades de la comunidad internacional ante la delincuencia nacional y transnacional y en la asistencia a los Estados Miembros para lograr los objetivos de prevención del delito dentro de los Estados y entre los Estados y en la intensificación de la lucha contra el delito; 3. Reafirma también la prioridad del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, de conformidad con las resoluciones 46/152, 47/91 y 48/103 de la Asamblea General, y la necesidad de que se asigne al programa una proporción apropiada de los recursos existentes de las Naciones Unidas; 4. Pide al Secretario General que, con carácter urgente, aplique las resoluciones 46/152, 47/91 y 48/103 de la Asamblea General y las resoluciones 1992/22, 1993/31, 1993/34 y 1994/16 del Consejo Económico y Social, proporcionando al programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal recursos suficientes para el pleno cumplimiento de sus mandatos, en consonancia con la alta prioridad que se le ha asignado; 5. Reconoce que las actividades operacionales y la asistencia técnica deben seguir recibiendo atención prioritaria entre las actividades de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal; 6. Pide al Secretario General que proporcione, de ser necesario mediante la redistribución de recursos, fondos suficientes para desarrollar y mantener la capacidad institucional del programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal a fin de que pueda responder a las solicitudes de asistencia que hagan los Estados Miembros en la esfera de la prevención del delito y la justicia penal; 7. Reitera su petición al Secretario General de que eleve la Subdivisión de Prevención del Delito y Justicia Penal de la Secretaría a la categoría de División, de conformidad con sus resoluciones 46/152, 47/91 y 48/103 y teniendo plenamente en cuenta los párrafos 2 y 11 de la resolución 1994/16 del Consejo Económico y Social; 8. Acoge con beneplácito el nombramiento de dos asesores interregionales en prevención del delito y justicia penal; 9. Insta a los Estados y organismos de financiación a aportar contribuciones financieras significativas para las actividades operacionales de prevención del delito y justicia penal y alienta a todos los Estados a aportar contribuciones voluntarias a tal fin al Fondo de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y la Justicia Penal, teniendo también en cuenta las actividades necesarias para la aplicación de la Declaración Política y /...

Seleccionar párrafo de destino3