A/HRC/RES/38/6 g) Apoyar a las asociaciones profesionales y los sindicatos de los proveedores de servicios de salud para que adopten reglas disciplinarias internas que prohíban a sus miembros participar en la práctica nociva de la mutilación genital femenina; 10. Exhorta a los Estados a que presten asistencia a las mujeres y las niñas que han sido objeto de la mutilación genital femenina, entre otras cosas mediante servicios de apoyo adecuados para remediar las secuelas físicas, fisiológicas y psicológicas; 11. Alienta a los Estados a que consideren la posibilidad de presentar, en el examen periódico universal, recomendaciones pertinentes sobre las medidas para prevenir y erradicar la mutilación genital femenina; 12. Invita a la comunidad internacional a que mantenga la cuestión de la eliminación de la mutilación genital femenina en el programa de las políticas de desarrollo y a que le preste especial atención en la aplicación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de aquí a 2030; 13. Exhorta a los Estados a que sigan aumentando su asistencia técnica y financiera para la aplicación efectiva de los programas, políticas y planes de acción destinados a eliminar la mutilación genital femenina en los planos nacional, regional e internacional; 14. Invita al Programa Conjunto sobre la Mutilación/Ablación Genital Femenina del Fondo de Población de las Naciones Unidas y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia a que siga fomentando la capacidad nacional de los Estados y las comunidades locales, en particular del sector de la salud, para aplicar con eficacia políticas, programas y planes de acción que aprovechen la contribución de todos los interesados, y alienta a los Estados y a los organismos de asistencia para el desarrollo a que consideren la posibilidad de asignar más recursos al Programa Conjunto; 15. Invita al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos a que sigan prestando especial atención a la cuestión de la eliminación de la mutilación genital femenina; 16. Solicita al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que, en estrecha colaboración con el Fondo de Población de las Naciones Unidas, la Organización Mundial de la Salud, la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres) y otros organismos especializados, fondos y programas de las Naciones Unidas, mecanismos internacionales de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil, organice una reunión de dos días de duración en 2019, preferiblemente en Addis Abeba, para examinar los progresos, las lagunas y los problemas que plantea la aplicación de las normas, reglas y principios de derechos humanos en las medidas adoptadas por los agentes estatales y no estatales con el fin de prevenir y eliminar la mutilación genital femenina en diferentes contextos, en particular en las comunidades, el ámbito humanitario y el contexto de la migración y otros movimientos de población, y que informe al Consejo de Derechos Humanos en su 44º período de sesiones sobre los resultados de la reunión mencionada; 17. Decide seguir examinando la cuestión de la mutilación genital femenina de conformidad con su programa de trabajo. 37ª sesión 5 de julio de 2018 [Aprobada sin votación.] GE.18-11905 5

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