A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/49/123
17 de febrero de 1995
Cuadragésimo noveno período de sesiones
Tema 90 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/49/730)]
49/123.
El Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo y el Informe sobre el Desarrollo
Humano
La Asamblea General,
Reafirmando sus resoluciones 47/199, de 22 de diciembre de 1992,
referente a la revisión trienal de la política relativa a las actividades
operacionales para el desarrollo en el sistema de las Naciones Unidas, y
48/162, de 20 de diciembre de 1993, relativa a las nuevas medidas para la
reestructuración y la revitalización de las Naciones Unidas en las esferas
económica y social y esferas conexas,
Recordando que el Informe sobre el Desarrollo Humano es producto de
un proceso intelectual independiente y que las políticas que rigen las
actividades operacionales para el desarrollo del sistema de las Naciones
Unidas seguirán siendo formuladas por los Estados Miembros,
1.
Afirma que el Informe sobre el Desarrollo Humano es un trabajo
independiente y autónomo que no tiene el carácter de documento oficial de las
Naciones Unidas, y que las políticas que rigen las actividades operacionales
para el desarrollo del sistema de las Naciones Unidas seguirán siendo
formuladas por los Estados Miembros;
2.
Reafirma la decisión 94/15, de la Junta Ejecutiva del Programa de
las Naciones Unidas para el Desarrollo 1/, de 10 de junio de 1994, en la que
se acogió favorablemente el propósito del Administrador de mejorar el proceso
1/
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1994,
Suplemento No. 15 (E/1994/35/Rev.1).
95-76600
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