A/RES/72/188 Situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea directamente a mejorar las condiciones de vida de la población civil, en particular avanzar hacia el logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible 10; o) Considere la posibilidad de ratificar los tratados internacionales de derechos humanos en los que aún no es parte y de adherirse a ellos, lo que permitiría establecer un diálogo con los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, volver a presentar informes a los órganos de vigilancia sobre los tratados en los que es parte, participar de manera significativa en los exámenes de los órganos creados en virtud de tratados y tener en cuenta las observaciones finales de esos órganos para mejorar la situación de los derechos humanos en el país; 16. Insta al Gobierno de la República Popular Democrática de Corea a que aplique sin demora las recomendaciones de la comisión de investigación; 17. Alienta a todos los Estados Miembros, la Asamblea General, el Consejo de Derechos Humanos, la Oficina del Alto Comisionado, la Secretaría de las Naciones Unidas, los organismos especializados pertinentes, los foros y organizaciones intergubernamentales regionales, las organizaciones de la sociedad civil, las fundaciones y las empresas comprometidas y otras partes interesadas a las que la comisión de investigación ha dirigido recomendaciones a que apliquen o lleven adelante esas recomendaciones; 18. Alienta al sistema de las Naciones Unidas en su conjunto a que siga haciendo frente a la grave situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea de manera coordinada y unificada; 19. Alienta a los programas, fondos y organismos especializados competentes de las Naciones Unidas y a otras organizaciones conexas a que presten asistencia al Gobierno de la República Popular Democrática de Corea en la aplicación de las recomendaciones emanadas del examen periódico universal y del informe de la comisión de investigación; 20. Exhorta a la República Popular Democrática de Corea a que colabore de manera constructiva con los interlocutores internacionales con el fin de promover mejoras concretas en la situación de los derechos humanos sobre el terreno, entre otras cosas, mediante diálogos sobre los derechos humanos, visitas oficiales al país que incluyan un acceso adecuado para evaluar plenamente las condiciones en materia de derechos humanos, iniciativas de cooperación y más contactos directos entre personas con carácter prioritario; 21. Decide seguir examinando en su septuagésimo tercer período de sesiones la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea y, a tal fin, solicita al Secretario General que le presente un informe exhaustivo sobre la situación en la República Popular Democrática de Corea y al Relator Especial que continúe presentándole sus conclusiones y recomendaciones y la informe sobre el seguimiento de la aplicación de las recomendaciones de la comisión de investigación. 73ª sesión plenaria 19 de diciembre de 2017 10/10 17-23184

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