Situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea A/RES/72/188 e) Se asegure de que dentro del territorio de la República Popular Democrática de Corea todas las personas gocen del derecho a la libertad de circulación, y sean libres para salir del país, incluso para solicitar asilo fuera de la República Popular Democrática de Corea, sin interferencia por parte de las autoridades de ese país; f) Vele por que los ciudadanos de la República Popular Democrática de Corea que hayan sido expulsados o devueltos al país puedan regresar de forma segura y digna, reciban un trato humano y no sufran castigos de ningún tipo, y proporcione información sobre su situación y sobre el trato que se les ha dispensado; g) Brinde protección a los ciudadanos de otros países que se encuentran detenidos en la República Popular Democrática de Corea, incluida libertad para comunicarse con funcionarios consulares y tener acceso a ellos, de conformidad con lo dispuesto en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares 18, en la que la República Popular Democrática de Corea es parte, así como para realizar cualesquiera otras gestiones necesarias a fin de confirmar su situación y comunicarse con su familia; h) Ofrezca toda su cooperación al Relator Especial, entre otras cosas, otorgándole acceso pleno, libre y sin obstáculos a la República Popular Democrática de Corea, así como a otros procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos y otros mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, con el fin de poder hacer una evaluación completa de las necesidades en relación con la situación de los derechos humanos; i) Colabore con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y su Oficina en las actividades de cooperación técnica en la esfera de los derechos humanos que el Alto Comisionado viene realizando en los últimos años, a fin de mejorar la situación de los derechos humanos en el país; j) Aplique las recomendaciones aceptadas emanadas del examen periódico universal y considere favorablemente las recomendaciones que aún se están estudiando, así como la presentación de un informe de mitad de período relativo a la aplicación; k) Se haga miembro de la Organización Internacional del Trabajo, promulgue legislación y adopte prácticas para cumplir las normas internacionales del trabajo y considere la posibilidad de ratificar todos los convenios pertinentes, en particular los convenios fundamentales sobre el trabajo de la Organiza ción Internacional del Trabajo; l) Mantenga y refuerce su cooperación con los organismos humanitarios de las Naciones Unidas; m) Garantice el acceso pleno, seguro y sin trabas a la asistencia humanitaria, así como a datos críticos, y tome medidas para que los organismos humanitarios puedan llevar dicha asistencia a todas las partes del país, incluidos los centros de detención, de manera imparcial y en función de las necesidades conforme a los principios humanitarios, como se comprometió a hacer, asegure e l acceso a una alimentación suficiente y aplique políticas más eficaces de seguridad alimentaria y nutrición, por medios como la agricultura sostenible, medidas racionales para la producción y distribución de alimentos y la asignación de más fondos al sect or de la alimentación, y asegure una supervisión adecuada de la asistencia humanitaria; n) Siga mejorando la cooperación con los miembros del equipo de las Naciones Unidas en el país y los organismos de desarrollo para que puedan contribuir __________________ 18 17-23184 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 596, núm. 8638. 9/10

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