A/RES/79/122
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
12 de diciembre de 2024
Septuagésimo noveno período de sesiones
Tema 80 del programa
Crímenes de lesa humanidad
Resolución aprobada por la Asamblea General
el 4 de diciembre de 2024
[sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/79/470, párr. 14)]
79/122.
Conferencia de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre
la Prevención y el Castigo de los Crímenes de Lesa Humanidad
La Asamblea General,
Habiendo examinado el capítulo IV del informe de la Comisión de Derecho
Internacional sobre la labor realizada en su 71 er período de sesiones 1, en el que figura
el proyecto de artículos sobre la prevención y el castigo de los crímenes de lesa
humanidad 2,
Recordando que la Comisión decidió recomendar a la Asamblea General el
proyecto de artículos sobre la prevención y el castigo de los crímenes de lesa
humanidad y recomendó que la Asamblea o una conferencia internacional de
plenipotenciarios elaborara una convención sobre la base de dicho proyecto 3,
Poniendo de relieve la importancia que siguen teniendo la codificación y el
desarrollo progresivo del derecho internacional a que se hace referencia en el
Artículo 13, párrafo 1 a), de la Carta de las Naciones Unidas,
Recordando sus resoluciones 74/187, de 18 de diciembre de 2019, 75/136, de
15 de diciembre de 2020, 76/114, de 9 de diciembre de 2021, y 77/249, de
30 de diciembre de 2022,
Recordando también el resumen escrito de las deliberaciones mantenidas
durante la primera parte de la continuación del período de sesiones (2023) y la
segunda parte de la continuación del período de sesiones (2024) de la Sexta Comisión
acerca del proyecto de artículos sobre la prevención y el castigo de los crímenes de
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1
Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo cuarto período de sesiones,
suplemento núm. 10 (A/74/10).
2
Ibid., cap. IV, secc. E.1.
3
Ibid., secc. C.
24-23508 (S)
*2423508*