A/RES/62/204 Reconociendo que la falta de acceso territorial al mar, agravada por la lejanía de los mercados mundiales, así como los gastos prohibitivos y los riesgos del tránsito siguen limitando considerablemente los ingresos procedentes de la exportación, las corrientes de capital privado y la movilización de recursos internos de los países en desarrollo sin litoral y, por tanto, repercuten negativamente en su crecimiento y su desarrollo socioeconómico en general, Reconociendo también que la cooperación entre los países de tránsito y los países en desarrollo sin litoral permite establecer mejores sistemas de transporte de tránsito, Expresando apoyo a los países en desarrollo sin litoral que están saliendo de un conflicto, con miras a que puedan rehabilitar y reconstruir las infraestructuras políticas, sociales y económicas según corresponda y ayudarlos a cumplir sus prioridades de desarrollo de conformidad con las metas y objetivos del Programa de Acción de Almaty: Atención de las necesidades especiales de los países en desarrollo sin litoral dentro de un nuevo marco mundial para la cooperación en materia de transporte de tránsito para los países en desarrollo sin litoral y de tránsito 7, 6F Recordando la Nueva Alianza para el Desarrollo de África 8, iniciativa para acelerar la cooperación y el desarrollo económicos regionales, dado que muchos de los países en desarrollo sin litoral y de tránsito se encuentran en África, 7F Toma nota del informe del Secretario General sobre el estado de los 1. preparativos del examen de mitad de período del Programa de Acción de Almaty 9; 8F 2. Toma nota también de los documentos finales de la Reunión temática sobre el desarrollo de la infraestructura de transporte de tránsito, celebrada en Uagadugú del 18 al 20 de junio de 2007 10, y de la Reunión Temática sobre Comercio Internacional y Facilitación del Comercio, celebrada en Ulaanbaatar los días 30 y 31 de agosto de 2007 11; 9F 10F 3. Reafirma el derecho de acceso al mar y desde el mar de los países sin litoral y la libertad de tránsito a través del territorio de los países de tránsito por todos los medios de transporte, de conformidad con las normas aplicables del derecho internacional; Reafirma también que los países de tránsito, en el ejercicio de su plena 4. soberanía sobre su territorio, tienen derecho a tomar todas las medidas necesarias para asegurar que los derechos y las facilidades que se ofrezcan a los países sin litoral no menoscaben en modo alguno sus intereses legítimos; Alienta a los donantes y las instituciones financieras y de desarrollo 5. multilaterales y regionales, en particular el Banco Mundial, el Banco Asiático de Desarrollo, el Banco Africano de Desarrollo y el Banco Interamericano de Desarrollo, a que presten a los países en desarrollo sin litoral y de tránsito asistencia _______________ 7 Informe de la Conferencia Ministerial Internacional de Países en Desarrollo sin Litoral y de Tránsito y de Países Donantes y de las Instituciones Financieras y de Desarrollo Internacionales sobre la Cooperación en materia de Transporte de Tránsito, Almaty (Kazajstán), 28 y 29 de agosto de 2003 (A/CONF.202/3), anexo I. 8 A/57/304, anexo. 9 A/62/226. 10 A/62/256 y Corr.1, anexos I y II. 11 A/C.2/62/4, anexos I y II. 2

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