A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/51/110
4 de marzo de 1997
Quincuagésimo primer período de sesiones
Tema 110 c) del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/51/619/Add.3 y Corr.1)]
51/110.
Derechos humanos en Haití
La Asamblea General,
Guiada por los principios consagrados en la Carta de las Naciones
Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos1 y los Pactos
internacionales de derechos humanos2,
Recordando su resolución 50/196, de 22 de diciembre de 1995, y tomando
nota de la resolución 1996/58 de la Comisión de Derechos Humanos, de 19 de
abril de 19963,
Teniendo en cuenta el informe del experto independiente de la Comisión
de Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Haití,
Sr. Adama Dieng4, nombrado para prestar asistencia al Gobierno de Haití en
materia de derechos humanos, con el fin de examinar la evolución de la
situación de los derechos humanos en ese país y de verificar el cumplimiento
por éste de sus obligaciones en esa materia, y las recomendaciones formuladas
en ese informe,
1
Resolución 217 A (III).
2
Resolución 2200 A (XXI), anexo.
3
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1996,
Suplemento No. 3 (E/1996/23), cap. II, secc. A.
4
E/CN.4/1996/94.
97-77116
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