A/RES/59/314
personas desplazadas dentro de los países y resolvemos adoptar medidas efectivas
para aumentar la protección de esas personas.
Protección y asistencia a los refugiados
133. Nos comprometemos a salvaguardar el principio de protección de los refugiados
y a asumir nuestra responsabilidad de resolver su grave situación, incluso apoyando
iniciativas destinadas a eliminar las causas de los desplazamientos de refugiados,
lograr el regreso seguro y sostenible de esas poblaciones, encontrar soluciones
duraderas para quienes lleven mucho tiempo refugiados y evitar que el
desplazamiento de los refugiados se convierta en fuente de tensión entre Estados.
Reafirmamos el principio de solidaridad y distribución de la carga y resolvemos
apoyar a las naciones en la labor de asistencia a las poblaciones de refugiados y a sus
comunidades de acogida.
Imperio de la ley
134. Reconociendo la necesidad de que exista una adhesión universal al imperio de
la ley y a su aplicación en los planos nacional e internacional:
a) Reafirmamos nuestro compromiso con los propósitos y principios de la
Carta y el derecho internacional, así como con un orden internacional basado en el
imperio de la ley y el derecho internacional, que es esencial para la coexistencia
pacífica y la cooperación entre Estados;
b) Apoyamos la ceremonia anual de firma o ratificación de tratados o
adhesión a ellos;
c)
Alentamos a los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren la
posibilidad de hacerse parte en todos los tratados relacionados con la protección de
los civiles;
d) Instamos a los Estados a que sigan tratando de erradicar las políticas y
prácticas que discriminan a la mujer y de aprobar leyes y fomentar prácticas que
protejan los derechos de la mujer y promuevan la igualdad entre los géneros;
e)
Apoyamos el establecimiento en la Secretaría de una dependencia para la
asistencia en materia del imperio de la ley, de conformidad con los procedimientos
pertinentes en vigor, con sujeción a la presentación de un informe del Secretario
General a la Asamblea General, a fin de fortalecer las actividades de las Naciones
Unidas encaminadas a promover el imperio de la ley, entre otras formas mediante la
asistencia técnica y la creación de capacidad;
f)
Reconocemos la importante función que incumbe a la Corte Internacional
de Justicia, principal órgano judicial de las Naciones Unidas, de arbitrar
controversias entre Estados, así como el valor de su labor, e instamos a los Estados
que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de reconocer la
jurisdicción de la Corte según lo dispuesto en su Estatuto y de estudiar medios de
fortalecer la labor de la Corte, entre otras formas proporcionando apoyo, con
carácter voluntario, al Fondo Fiduciario del Secretario General para prestar
asistencia a los Estados en el arreglo de controversias por mediación de la Corte
Internacional de Justicia.
Democracia
135. Reafirmamos que la democracia es un valor universal basado en la voluntad
libremente expresada de los pueblos de determinar su propio sistema político,
económico, social y cultural y su participación plena en todos los aspectos de su
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