A/RES/59/314 personas desplazadas dentro de los países y resolvemos adoptar medidas efectivas para aumentar la protección de esas personas. Protección y asistencia a los refugiados 133. Nos comprometemos a salvaguardar el principio de protección de los refugiados y a asumir nuestra responsabilidad de resolver su grave situación, incluso apoyando iniciativas destinadas a eliminar las causas de los desplazamientos de refugiados, lograr el regreso seguro y sostenible de esas poblaciones, encontrar soluciones duraderas para quienes lleven mucho tiempo refugiados y evitar que el desplazamiento de los refugiados se convierta en fuente de tensión entre Estados. Reafirmamos el principio de solidaridad y distribución de la carga y resolvemos apoyar a las naciones en la labor de asistencia a las poblaciones de refugiados y a sus comunidades de acogida. Imperio de la ley 134. Reconociendo la necesidad de que exista una adhesión universal al imperio de la ley y a su aplicación en los planos nacional e internacional: a) Reafirmamos nuestro compromiso con los propósitos y principios de la Carta y el derecho internacional, así como con un orden internacional basado en el imperio de la ley y el derecho internacional, que es esencial para la coexistencia pacífica y la cooperación entre Estados; b) Apoyamos la ceremonia anual de firma o ratificación de tratados o adhesión a ellos; c) Alentamos a los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de hacerse parte en todos los tratados relacionados con la protección de los civiles; d) Instamos a los Estados a que sigan tratando de erradicar las políticas y prácticas que discriminan a la mujer y de aprobar leyes y fomentar prácticas que protejan los derechos de la mujer y promuevan la igualdad entre los géneros; e) Apoyamos el establecimiento en la Secretaría de una dependencia para la asistencia en materia del imperio de la ley, de conformidad con los procedimientos pertinentes en vigor, con sujeción a la presentación de un informe del Secretario General a la Asamblea General, a fin de fortalecer las actividades de las Naciones Unidas encaminadas a promover el imperio de la ley, entre otras formas mediante la asistencia técnica y la creación de capacidad; f) Reconocemos la importante función que incumbe a la Corte Internacional de Justicia, principal órgano judicial de las Naciones Unidas, de arbitrar controversias entre Estados, así como el valor de su labor, e instamos a los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de reconocer la jurisdicción de la Corte según lo dispuesto en su Estatuto y de estudiar medios de fortalecer la labor de la Corte, entre otras formas proporcionando apoyo, con carácter voluntario, al Fondo Fiduciario del Secretario General para prestar asistencia a los Estados en el arreglo de controversias por mediación de la Corte Internacional de Justicia. Democracia 135. Reafirmamos que la democracia es un valor universal basado en la voluntad libremente expresada de los pueblos de determinar su propio sistema político, económico, social y cultural y su participación plena en todos los aspectos de su 32

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