A/RES/59/314
vida. Reafirmamos también que, si bien las democracias comparten características
comunes, no existe un modelo único de democracia, y que éste no pertenece a
ningún país o región, y reafirmamos la necesidad de respetar debidamente la
soberanía y el derecho a la libre determinación. Destacamos que la democracia, el
desarrollo y el respeto de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales
son interdependientes y se refuerzan mutuamente.
136. Renovamos nuestro compromiso de apoyar la democracia fortaleciendo la
capacidad de los países para aplicar los principios y las prácticas democráticos y
resolvemos fortalecer la capacidad de las Naciones Unidas para prestar asistencia a
los Estados Miembros que la soliciten. Acogemos con satisfacción el
establecimiento de un Fondo para la Democracia en las Naciones Unidas.
Señalamos que, en la Junta Consultiva que se establezca, deberá reflejarse una
representación geográfica diversa. Invitamos al Secretario General a que ayude a
asegurar que en las disposiciones prácticas relativas al Fondo para la Democracia se
tengan debidamente en cuenta las actividades que ya realizan las Naciones Unidas
en este ámbito.
137. Invitamos a los Estados Miembros interesados a que consideren seriamente la
posibilidad de hacer contribuciones al Fondo.
Responsabilidad de proteger a las poblaciones del genocidio, los crímenes
de guerra, la depuración étnica y los crímenes de lesa humanidad
138. Cada Estado es responsable de proteger a su población del genocidio, los
crímenes de guerra, la depuración étnica y los crímenes de lesa humanidad. Esa
responsabilidad conlleva la prevención de dichos crímenes, incluida la incitación a
su comisión, mediante la adopción de las medidas apropiadas y necesarias.
Aceptamos esa responsabilidad y convenimos en obrar en consecuencia. La
comunidad internacional debe, según proceda, alentar y ayudar a los Estados a
ejercer esa responsabilidad y ayudar a las Naciones Unidas a establecer una
capacidad de alerta temprana.
139. La comunidad internacional, por medio de las Naciones Unidas, tiene también
la responsabilidad de utilizar los medios diplomáticos, humanitarios y otros medios
pacíficos apropiados, de conformidad con los Capítulos VI y VIII de la Carta, para
ayudar a proteger a las poblaciones del genocidio, los crímenes de guerra, la
depuración étnica y los crímenes de lesa humanidad. En este contexto, estamos
dispuestos a adoptar medidas colectivas, de manera oportuna y decisiva, por medio
del Consejo de Seguridad, de conformidad con la Carta, incluido su Capítulo VII, en
cada caso concreto y en colaboración con las organizaciones regionales pertinentes
cuando proceda, si los medios pacíficos resultan inadecuados y es evidente que las
autoridades nacionales no protegen a su población del genocidio, los crímenes de
guerra, la depuración étnica y los crímenes de lesa humanidad. Destacamos la
necesidad de que la Asamblea General siga examinando la responsabilidad de
proteger a las poblaciones del genocidio, los crímenes de guerra, la depuración
étnica y los crímenes de lesa humanidad, así como sus consecuencias, teniendo en
cuenta los principios de la Carta y el derecho internacional. También tenemos
intención de comprometernos, cuando sea necesario y apropiado, a ayudar a los
Estados a crear capacidad para proteger a su población del genocidio, los
crímenes de guerra, la depuración étnica y los crímenes de lesa humanidad, y a
prestar asistencia a los que se encuentren en situaciones de tensión antes de que
estallen las crisis y los conflictos.
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