A/HRC/RES/55/27
proceda, con las autoridades bielorrusas para ayudarlas a cumplir sus obligaciones
internacionales en materia de derechos humanos;
10.
Encomia al Alto Comisionado, a la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos y a la Relatora Especial por la labor y las
actividades realizadas hasta la fecha, que se han llevado a cabo de forma transparente,
imparcial y consultiva, a pesar de la continua falta de cooperación de las autoridades
bielorrusas con la Oficina del Alto Comisionado y la Relatora Especial, incluida la falta de
acceso al país, encomia también la asistencia prestada por la Relatora Especial al Alto
Comisionado, y alienta a la Relatora Especial a que coopere con el grupo de expertos, con
miras a promover la sinergia entre ambos mandatos;
11.
Destaca la importancia de la información y las pruebas que la Oficina del Alto
Comisionado ha recogido, consolidado, conservado y analizado en apoyo de la futura
rendición de cuentas, y pide a la Oficina que garantice que el grupo de expertos pueda acceder
a dicha información y pruebas y utilizarlas, según proceda;
12.
Solicita al grupo de expertos que proporcione oralmente información
actualizada al Consejo de Derechos Humanos en su 57º período de sesiones y que presente
un informe completo en su 58º período de sesiones, incluida una versión de lectura fácil y en
un formato accesible, y que ambos vayan seguidos de un diálogo interactivo;
13.
Insta a las autoridades bielorrusas a que establezcan una colaboración plena y
no selectiva con todos los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, en
particular con la Relatora Especial y el grupo de expertos, entre otras cosas concediéndoles
acceso libre, pleno y sin trabas al país, facilitándoles la información necesaria para el
cumplimiento de sus mandatos y aplicando sus recomendaciones, así como con todos los
procedimientos temáticos especiales y los órganos creados en virtud de tratados, a que
restablezcan la cooperación con la Oficina del Alto Comisionado y le faciliten un acceso
pleno y sin trabas, y a que se abstengan de toda forma de intimidación y de represalia contra
personas y asociaciones por su cooperación con dichos órganos;
14.
Solicita la inmediata puesta en funcionamiento de los mandatos, y solicita
asimismo al Secretario General y a la Oficina del Alto Comisionado que proporcionen a la
Relatora Especial y al grupo de expertos toda la asistencia necesaria y suficientes recursos
humanos, técnicos y financieros para que puedan desempeñar de manera efectiva sus
mandatos.
55ª sesión
4 de abril de 2024
[Aprobada en votación registrada por 24 votos contra 6 y 17 abstenciones. El resultado de la
votación fue la siguiente:
Votos a favor:
Albania, Alemania, Argentina, Bélgica, Benin, Brasil, Bulgaria, Chile, Costa
Rica, Estados Unidos de América, Finlandia, Francia, Gambia, Ghana,
Honduras, Japón, Lituania, Luxemburgo, Malawi, Montenegro, Países Bajos
(Reino de los), Paraguay, República Dominicana, Rumanía.
Votos en contra:
Argelia, Burundi, China, Cuba, Eritrea, Viet Nam.
Abstenciones:
Bangladesh, Camerún, Côte d’Ivoire, Emiratos Árabes Unidos, Georgia, India,
Indonesia, Kazajstán, Kirguistán, Kuwait, Malasia, Maldivas, Marruecos,
Qatar, Somalia, Sudáfrica, Sudán.]
6
GE.24-06495