A/RES/58/87
Naciones Unidas
Distr. general
8 de enero de 2004
Asamblea General
Quincuagésimo octavo período de sesiones
Tema 128 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 9 de diciembre de 2003
[sobre la base del informe de la Sexta Comisión (A/58/521)]
58/87.
Administración de justicia en las Naciones Unidas
La Asamblea General,
Reconociendo con gratitud la importante contribución que el Tribunal
Administrativo de las Naciones Unidas (“el Tribunal”) ha hecho al funcionamiento
del sistema de las Naciones Unidas, y elogiando a los miembros del Tribunal por su
valiosa labor,
Deseosa de ayudar al Tribunal a realizar su labor futura en la forma más eficaz
posible,
Habiendo examinado el informe de la Comisión Consultiva en Asuntos
Administrativos y de Presupuesto (CCAAP) 1,
Decide modificar el Estatuto del Tribunal Administrativo de las Naciones
Unidas con efecto a partir del 1° de enero de 2004, en los siguientes términos:
Enmiéndese el párrafo 1 del artículo 3 para que sea el siguiente:
“El Tribunal se compondrá de siete miembros de nacionalidades
diferentes. Los miembros deberán tener experiencia judicial u otra
experiencia jurídica pertinente en el ámbito del derecho administrativo o su
equivalente en el ordenamiento jurídico de sus respectivos países. Sólo tres de
los miembros conocerán de cada asunto.”
72ª sesión plenaria
9 de diciembre de 2003
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1
03 45816
A/57/736.
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