Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/71/191
Distr. general
18 de enero de 2017
Septuagésimo primer período de sesiones
Tema 68 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 19 de diciembre de 2016
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/71/484/Add.2)]
71/191. El derecho a la alimentación
La Asamblea General,
Reafirmando la Carta de las Naciones Unidas y su importancia para la
promoción y protección de todos los derechos humanos y las libertades
fundamentales para todos,
Reafirmando también todas las resoluciones y decisiones anteriores sobre el
derecho a la alimentación aprobadas en el marco de las Naciones Unidas,
Recordando la Declaración Universal de Derechos Humanos 1, que dispone que
toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure la salud y el
bienestar, en especial la alimentación, así como la Declaración Universal sobre la
Erradicación del Hambre y la Malnutrición 2, la Declaración del Milenio 3, en
particular el primer Objetivo de Desarrollo del Milenio, relativo a la erradicación de
la pobreza extrema y el hambre para 2015, y la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible 4, en particular los Objetivos de Desarrollo Sostenible relativos a la
eliminación del hambre, el logro de la seguridad alimentaria y una me jor nutrición,
y la promoción de la agricultura sostenible y a la eliminación de la pobreza en todas
sus formas y en todo el mundo,
Recordando también las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales 5, en que se reconoce el derecho fundamental de
toda persona a no padecer hambre,
Teniendo presente la importancia de la Declaración de Roma sobre la
Seguridad Alimentaria Mundial, el Plan de Acción de la Cumbre Mundial sobre la
Alimentación y la Declaración de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación: cinco
años después, aprobada en Roma el 13 de junio de 2002 6,
_______________
1
Resolución 217 A (III).
Informe de la Conferencia Mundial sobre la Alimentación, Roma, 5 a 16 de noviembre de 1974
(publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.75.II.A.3), cap. I.
3
Resolución 55/2.
4
Resolución 70/1.
5
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
6
A/57/499, anexo.
2
16-22454 (S)
*1622454*