La niña
A/RES/70/138
otras cosas, cooperando, prestando asistencia y participando en las iniciativas
mundiales para la implementación plena y puntual de la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible 6 y la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera
Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo 7, y de todos los
demás objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente al respecto, en
particular la erradicación de la pobreza a nivel mundial, regional y nacional,
reconociendo que es necesaria una mayor disponibilidad y una asignación eficaz de
los recursos en todos los niveles al respecto, y reafirmando que las inversiones en
los niños, en particular en las niñas, y la realización de sus derechos se sitúan entre
las formas más eficaces de erradicar la pobreza;
39. Solicita al Secretario General que en su septuagésimo segundo período
de sesiones le presente un informe sobre la aplicación de la presente resolución, en
el que se haga un análisis de la situación sobre las mejoras en las inversiones
sociales, económicas y políticas efectuadas por los Estados Miembros para hacer
efectivo el derecho de las niñas a la educación, y que esté basado en la información
proporcionada por los Estados Miembros, las organizaciones y los órganos del
sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales, a fin de
evaluar las repercusiones de la presente resolución en el bienestar de la niña;
40. Solicita también al Secretario General que, en ese informe, incluya
información sobre el cumplimiento de lo dispuesto en la resolución 68/146 con
respecto al tema prioritario de los hogares a cargo de niños y una actualización
sobre la situación y la prevalencia de los hogares a cargo de niños en todo el mundo.
80ª sesión plenaria
17 de diciembre de 2015
13/13