A/RES/51/85 Página 2 Reiterando que, no obstante la existencia de un conjunto de principios y normas ya consagrados, es preciso intensificar los esfuerzos por mejorar la situación y garantizar el respeto de los derechos humanos y la dignidad de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, Consciente de la situación de los trabajadores migratorios y de sus familiares y del sensible incremento de movimientos migratorios que se ha producido, en particular en ciertas partes del mundo, Considerando que, en la Declaración y Programa de Acción de Viena, aprobados por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio de 19936, se insta todos los Estados a que garanticen la protección de los derechos humanos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, Destacando la importancia de crear y desarrollar condiciones que promuevan una mayor armonía y tolerancia entre los trabajadores migratorios y el resto de la sociedad del Estado en que residen, a fin de eliminar las crecientes manifestaciones de racismo y xenofobia que se producen en sectores de muchas sociedades y son perpetradas por individuos o grupos en contra de los trabajadores migratorios, Recordando su resolución 45/158, de 18 de diciembre de 1990, en la que aprobó y abrió a la firma, ratificación y adhesión la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares, Teniendo en cuenta la invitación formulada en la Declaración y Programa de Acción de Viena para que los Estados consideren la posibilidad de firmar y ratificar la Convención lo antes posible, Recordando que, en su resolución 50/169, de 22 de diciembre de 1995, solicitó del Secretario General que le presentara en su quincuagésimo primer período de sesiones un informe sobre la situación de la Convención, 1. Expresa su profunda preocupación por las crecientes manifestaciones de racismo, xenofobia y otras formas de discriminación y trato inhumano o degradante en contra de los trabajadores migratorios en diversas partes del mundo; 2. Observa con agrado que algunos Estados Miembros han firmado o ratificado de la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares o se han adherido a ella; 3. Exhorta a todos los Estados Miembros a que, como cuestión prioritaria, consideren la firma y ratificación de la Convención, o su adhesión a ella, y expresa la esperanza de que entre en vigor en una fecha próxima; 4. Pide al Secretario General que otorgue todas las facilidades y asistencia necesarias para la promoción de la Convención mediante la Campaña Mundial de Información Pública sobre los Derechos Humanos y el programa de servicios de asesoramiento en materia de derechos humanos; 6 A/CONF.157/24 (Parte I), cap. III. /...

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