Aplicación de los resultados de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social y del
vigésimo cuarto período extraordinario de sesiones de la Asamblea General
A/RES/79/146
Acogiendo con beneplácito los progresos realizados hacia la plena aplicación de
la Declaración de Copenhague y el Programa de Acción mediante la acción
concertada a nivel nacional, regional y mundial, y expresando su profunda
preocupación por el hecho de que, más de 25 años despué s de la celebración de la
Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, el progreso es lento y desigual y sigue
habiendo lagunas importantes,
Acogiendo con beneplácito también la aprobación, en su totalidad, de la
Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 3, en la que se reconoce que la erradicación
de la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el
mayor desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un requisito indispensable para
el desarrollo sostenible,
Observando la propuesta que figura en el informe del Secretario General
titulado “Nuestra Agenda Común” 4 de convocar una cumbre social mundial en 2025,
que deberá ser debatida y acordada por los Estados Miembros, y poniendo de relieve
que el resultado de la cumbre debería tener un enfoque de desarrollo social,
incluyendo la necesidad de situar a las personas en el centro del desarrollo y el
compromiso de lograr que la erradicación de la pobreza, el pleno empleo y la
integración social se conviertan en los objetivos de desarrollo primordiales, y dar
impulso a la implementación de la Agenda 2030,
Recordando su resolución 78/261, de 26 de febrero de 2024, titulada
“Celebración de la Cumbre Social Mundial bajo la denominación Segunda Cumbre
Mundial sobre Desarrollo Social”, en la que decidió celebrar la Cumbre Social
Mundial en 2025, bajo la denominación Segunda Cumbre Mundial sob re Desarrollo
Social, para abordar las lagunas que persisten, renovar su compromiso con la
Declaración de Copenhague sobre Desarrollo Social y el Programa de Acción y su
aplicación y dar impulso a la implementación de la Agenda 2030,
Reafirmando su resolución 78/318, de 16 de julio de 2024, titulada
“Modalidades de la Cumbre Social Mundial bajo la denominación Segunda Cumbre
Mundial sobre Desarrollo Social”, en la que decidió que la Cumbre Social Mundial
bajo la denominación Segunda Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social se celebraría
a nivel de Jefes de Estado o de Gobierno en Qatar del 4 al 6 de noviembre de 2025,
Acogiendo con beneplácito la aprobación de la declaración política del foro
político de alto nivel sobre el desarrollo sostenible celebrado bajo los auspicios de la
Asamblea General (Cumbre sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible) en 2023 5,
en la que los Jefes de Estado y de Gobierno pusieron de relieve que la erradicación
de la pobreza en todas sus formas y dimensiones, incluida la pobreza extrema, es el
mayor desafío a que se enfrenta el mundo y constituye un requisito indispensable para
el desarrollo sostenible,
Observando la Cumbre sobre la Transformación de la Educación, convocada y
organizada bajo los auspicios del Secretario General en Nueva York el 19 de
septiembre de 2022,
Acogiendo con beneplácito la aprobación de la declaración política de la reunión
de alto nivel de la Asamblea General sobre prevención, preparación y respuesta frente
a pandemias, celebrada en Nueva York el 20 de septiembre de 2023 6, la declaración
política de la reunión de alto nivel sobre la cobertura sanitaria universal, celebrada en
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3
Resolución 70/1.
A/75/982.
5
Resolución 78/1, anexo.
6
Resolución 78/3, anexo.
4
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