A/HRC/RES/44/19 y aplique sin demora un nuevo plan de derechos humanos, aprovechando la experiencia adquirida en la aplicación del primer plan y teniendo en cuenta las recomendaciones formuladas por los órganos creados en virtud de tratados, los mecanismos de derechos humanos y la sociedad civil; 10. Observa además que la Relatora Especial sigue prestando atención a la cuestión de la pena de muerte en Belarús, y en particular expresa profunda preocupación por su aplicación sin las debidas garantías procesales y por la escasa cantidad de información pertinente sobre su uso, y, habida cuenta de que la transparencia es un requisito para que la justicia penal sea imparcial y eficaz, solicita a la Relatora Especial que continúe haciendo un seguimiento de la situación y formule recomendaciones; asimismo, acoge con beneplácito la creación, en enero de 2020, de un grupo de trabajo para estudiar la abolición de la pena de muerte y alienta al Estado a que adopte medidas tangibles; 11. Insta al Gobierno de Belarús a que adopte todas las medidas necesarias para asegurar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial, para garantizar el derecho a un juicio imparcial y el derecho a la revisión efectiva de las sentencias y condenas por un tribunal superior, y para hacer efectivo el derecho de todos los acusados a elegir libremente su representante letrado en todas las actuaciones; 12. Recuerda que el Consejo de Derechos Humanos acogió con beneplácito la puesta en libertad de presos políticos en agosto de 2015 y pidió que se restablecieran íntegramente los derechos civiles y políticos de los ex presos políticos; sin embargo, esos derechos civiles y políticos no se han restablecido, y los activistas políticos siguen siendo objeto de malos tratos y acusaciones cuestionables y políticamente motivadas, al tiempo que no se ha producido avance alguno en cuatro casos de desaparición forzada de opositores políticos que se remontan a 1999 y 2000; 13. Alienta encarecidamente a Belarús a que haga realidad la reforma integral del marco jurídico electoral y a que corrija las deficiencias sistémicas que desde hace tiempo presentan el marco jurídico y las prácticas electorales, atendiendo a las recomendaciones formuladas por la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, la Comisión Europea para la Democracia por el Derecho (Comisión de Venecia) y la Relatora Especial, especialmente teniendo en cuenta las elecciones presidenciales previstas para el 9 de agosto de 2020; 14. Alienta encarecidamente de nuevo al Gobierno de Belarús a que establezca una institución nacional de derechos humanos acorde con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París) y a que siga implicándose activamente en la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible; 15. Decide prorrogar por un año el mandato de la Relatora Especial sobre la situación de los derechos humanos en Belarús, y le solicita que presente un informe sobre la situación de los derechos humanos en ese país al Consejo de Derechos Humanos en su 47º período de sesiones y a la Asamblea General en su septuagésimo sexto período de sesiones; 16. Insta al Gobierno de Belarús a que coopere plenamente con la Relatora Especial, entre otras cosas facilitándole acceso para que visite el país y se reúna libremente con las partes interesadas pertinentes, incluidos representantes de la sociedad civil, con miras a ayudar al Gobierno a cumplir sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos y estudiando la posibilidad de poner en práctica las recomendaciones de la Relatora, e insta también al Gobierno a que haga extensiva su plena cooperación a los procedimientos especiales temáticos; 17. Solicita a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que proporcione a la Relatora Especial la asistencia y los recursos necesarios para el cumplimiento de su mandato, y solicita a la Relatora Especial que continúe haciendo un seguimiento de la situación y formule recomendaciones. 28ª sesión 17 de julio de 2020 GE.20-09805 3

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