A/RES/59/177 15. Acoge con beneplácito la insistencia del Comité en la importancia del seguimiento de la Conferencia Mundial y de las medidas recomendadas para mejorar la aplicación de la Convención y el funcionamiento del Comité 7; III Aplicación y seguimiento generales de la declaración y el Programa de Acción de Durban 16. Destaca que la responsabilidad básica por la lucha efectiva contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia incumbe a los Estados y, a esos efectos, insiste en que recae sobre los Estados la responsabilidad primordial de asegurar que se cumplan plena y efectivamente todos los compromisos y recomendaciones consignados en la Declaración y el Programa de Acción de Durban1; 17. Destaca también, en ese contexto, el papel fundamental y complementario que compete a las instituciones nacionales de defensa de los derechos humanos, a los órganos y centros regionales y a la sociedad civil, en colaboración con los Estados, para lograr los objetivos de la Declaración y el Programa de Acción de Durban; 18. Exhorta a los Estados a que elaboren planes de acción, en consulta con las instituciones nacionales de defensa de los derechos humanos, otras instituciones creadas por ley para combatir el racismo y la sociedad civil, y a que proporcionen a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos dichos planes de acción y demás material pertinente sobre las medidas adoptadas para poner en práctica las disposiciones de la Declaración y el Programa de Acción de Durban; 19. Hace un llamamiento a todos los Estados para que formulen y apliquen sin demora, a niveles nacional, regional e internacional, normas y planes de acción para luchar contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, incluidas sus manifestaciones basadas en el género; 20. Insta a los Estados a que presten apoyo a las actividades que realizan los órganos y centros regionales existentes para luchar contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia en sus respectivas regiones, y recomienda que se establezcan órganos o centros de esa índole en todas las regiones donde no existen; 21. Reconoce el papel fundamental que cabe a la sociedad civil en la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, en particular en la prestación de asistencia a los Estados para establecer normas y estrategias, en la adopción de medidas y en la acción contra esas formas de discriminación y en su aplicación ulterior; 22. Destaca que los Estados, de conformidad con la Declaración y el Programa de Acción de Durban, tienen la responsabilidad compartida, en el plano internacional y dentro del marco del sistema de las Naciones Unidas, de fijar las modalidades para el examen general de la aplicación de la Declaración y el Programa de Acción; _______________ 7 Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo séptimo período de sesiones, Suplemento No. 18 (A/57/18), cap. XI. 5

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