A/RES/58/158 Consejo Económico y Social, y alienta al Foro a que siga trabajando en la consecución de los objetivos del Decenio; 7. Alienta a los gobiernos a que apoyen el Decenio: a) Preparando, en consulta con los pueblos indígenas, programas, planes e informes relativos al Decenio; b) Buscando, en consulta con los pueblos indígenas, medios para darles más responsabilidades en sus propios asuntos y una voz efectiva en la adopción de decisiones sobre las cuestiones que les afectan; c) Estableciendo comités u otros mecanismos nacionales en los que participen los pueblos indígenas para que los objetivos y las actividades del Decenio se planifiquen y ejecuten sobre la base de una plena colaboración con ellos; d) Contribuyendo a los siguientes fondos: i) Fondo de contribuciones voluntarias de las Naciones Unidas para el Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo; ii) Fondo de contribuciones voluntarias de las Naciones Unidas para los pueblos indígenas a fin de ayudar a los representantes indígenas a participar en el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, el Grupo de Trabajo sobre pueblos indígenas de la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos y en el grupo de trabajo de composición abierta entre períodos de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos encargado de elaborar un proyecto de declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas; iii) Fondo Fiduciario en apoyo del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas; iv) Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe; e) Identificando recursos para actividades encaminadas a alcanzar los objetivos del Decenio, en colaboración con los pueblos indígenas y organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales; 8. Invita a las instituciones financieras y de desarrollo, a los programas operacionales y a los organismos especializados y secretarías de las Naciones Unidas, así como a otras organizaciones regionales e internacionales, a que, de conformidad con los procedimientos vigentes en sus órganos rectores: a) Asignen más prioridad y recursos, en sus ámbitos de competencia, a mejorar la situación de los pueblos indígenas, teniendo especialmente en cuenta las necesidades de esos pueblos en los países en desarrollo, entre otras cosas, mediante la preparación de programas de acción concretos con miras a lograr los objetivos del Decenio; b) Emprendan proyectos especiales, por los conductos apropiados y en colaboración con los pueblos indígenas, para afianzar las iniciativas procedentes de las comunidades y para facilitar el intercambio de información y conocimientos t��cnicos entre indígenas y otros expertos competentes; c) Designen encargados de coordinar con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos las actividades relacionadas con el Decenio; 3

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