A/RES/58/158
Consejo Económico y Social, y alienta al Foro a que siga trabajando en la
consecución de los objetivos del Decenio;
7.
Alienta a los gobiernos a que apoyen el Decenio:
a) Preparando, en consulta con los pueblos indígenas, programas, planes e
informes relativos al Decenio;
b)
Buscando, en consulta con los pueblos indígenas, medios para darles más
responsabilidades en sus propios asuntos y una voz efectiva en la adopción de
decisiones sobre las cuestiones que les afectan;
c)
Estableciendo comités u otros mecanismos nacionales en los que
participen los pueblos indígenas para que los objetivos y las actividades del Decenio
se planifiquen y ejecuten sobre la base de una plena colaboración con ellos;
d)
Contribuyendo a los siguientes fondos:
i)
Fondo de contribuciones voluntarias de las Naciones Unidas para el
Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo;
ii) Fondo de contribuciones voluntarias de las Naciones Unidas para los
pueblos indígenas a fin de ayudar a los representantes indígenas a participar en
el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, el Grupo de Trabajo sobre
pueblos indígenas de la Subcomisión de Promoción y Protección de los
Derechos Humanos y en el grupo de trabajo de composición abierta entre
períodos de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos encargado de
elaborar un proyecto de declaración sobre los derechos de los pueblos
indígenas;
iii) Fondo Fiduciario en apoyo del Foro Permanente para las Cuestiones
Indígenas;
iv) Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el
Caribe;
e)
Identificando recursos para actividades encaminadas a alcanzar los
objetivos del Decenio, en colaboración con los pueblos indígenas y organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales;
8.
Invita a las instituciones financieras y de desarrollo, a los programas
operacionales y a los organismos especializados y secretarías de las Naciones
Unidas, así como a otras organizaciones regionales e internacionales, a que, de
conformidad con los procedimientos vigentes en sus órganos rectores:
a) Asignen más prioridad y recursos, en sus ámbitos de competencia, a
mejorar la situación de los pueblos indígenas, teniendo especialmente en cuenta las
necesidades de esos pueblos en los países en desarrollo, entre otras cosas, mediante
la preparación de programas de acción concretos con miras a lograr los objetivos del
Decenio;
b) Emprendan proyectos especiales, por los conductos apropiados y en
colaboración con los pueblos indígenas, para afianzar las iniciativas procedentes de
las comunidades y para facilitar el intercambio de información y conocimientos
t��cnicos entre indígenas y otros expertos competentes;
c)
Designen encargados de coordinar con la Oficina del Alto Comisionado
de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos las actividades relacionadas con
el Decenio;
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