A/RES/54/19
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1. Reafirma que la Quinta Comisión es la Comisión Principal de la Asamblea General a la que
incumbe la responsabilidad de las cuestiones administrativas y presupuestarias;
2. Pide al Secretario General que, al aplicar los procedimientos reformados aprobados de
determinación de los reembolsos a los Estados Miembros que aportan contingentes por el equipo de su
propiedad, evite todo doble pago;
3. Aprueba la norma general de que las Naciones Unidas sólo asumirán obligaciones financieras
de conformidad con las decisiones de la Asamblea General;
4. Subraya que el objeto de los nuevos procedimientos para el reembolso de las sumas adeudadas
por concepto de equipo de propiedad de los contingentes es asegurar un reembolso equitativo a los países
que aportan contingentes, salvaguardando al mismo tiempo los intereses de los Estados Miembros y de
las Naciones Unidas;
5. Hace suyas las recomendaciones del Grupo de Trabajo de la fase IV sobre los reembolsos por
concepto de equipo de propiedad de los contingentes1, con sujeción a las disposiciones de la presente
resolución;
6. Hace suyas también las recomendaciones de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos
y de Presupuesto3, con la excepción de las siguientes propuestas, relativas a:
a) Los niveles de reembolso por concepto de pérdidas o daños ocasionados por actos hostiles o
abandono forzado, como figura en el párrafo 15;
b) El examen acerca de la responsabilidad de las Naciones Unidas por pérdidas o daños ocasionados
durante el transporte, como figura en el párrafo 16;
c)
Tiendas de campaña y alojamiento, como figura en el párrafo 27;
d) El recurso a expertos independientes externos para el examen y evaluación de justo valor
genérico de mercado del equipo, como figura en el párrafo 31;
7. Reafirma que, en lo que respecta a las nuevas misiones iniciadas desde el 1˚ de julio de 1996,
sólo son aplicables los procedimientos reformados de determinación de los reembolsos a los Estados
Miembros que aportan contingentes por el equipo de su propiedad;
8. Pide al Secretario General que tome todas las medidas necesarias para asegurar la plena
participación de las delegaciones en la labor del Grupo de Trabajo de la fase V;
9. Destaca que la revisión del manual sobre el equipo de propiedad de los contingentes debería ser
un proceso continuo, y pide al Secretario General que sólo revise el manual una vez terminada la labor
del Grupo de Trabajo de la fase V, a fin de incluir las recomendaciones formuladas por los grupos de
trabajo de las fases II, III, IV y V, aprobadas por la Asamblea General;
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