A/RES/54/69
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y los ulteriores acuerdos de aplicación, así como la firma en Washington D.C., el 28 de septiembre de 1995,
del Acuerdo Provisional Israelí-Palestino sobre la Ribera Occidental y la Faja de Gaza3,
Acogiendo también con satisfacción la firma del Memorando de Sharm el-Sheik, el 4 de septiembre de
1999,
Alentando al Grupo de Trabajo multilateral sobre los refugiados, establecido en el marco del proceso
de paz en el Oriente Medio, a continuar su importante labor,
1. Observa con pesar que ni la repatriación de los refugiados ni el pago de indemnizaciones, según
lo dispuesto en el párrafo 11 de su resolución 194 (III), se han llevado a cabo y que, en consecuencia, la
situación de los refugiados sigue siendo motivo de preocupación;
2. Observa con pesar también que la Comisión de Conciliación de las Naciones Unidas para Palestina
no ha podido encontrar la forma de avanzar en la aplicación del párrafo 11 de la resolución 194 (III) de la
Asamblea General, y le pide que persevere en sus esfuerzos por llevar a la práctica lo dispuesto en ese
párrafo y que le informe cuando proceda, pero a más tardar el 1º de septiembre de 2000;
3. Expresa su agradecimiento al Comisionado General y a todo el personal del Organismo de Obras
Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente,
reconociendo que el Organismo está haciendo todo lo posible dentro de los límites de los recursos
disponibles, y expresa también su agradecimiento a los organismos especializados y a las organizaciones
privadas por su valiosa labor de ayuda a los refugiados;
4. Toma nota del considerable éxito del Programa de Aplicación de la Paz del Organismo desde la
firma de la Declaración de Principios sobre las Disposiciones relacionadas con un Gobierno Autónomo
Provisional2 y destaca la importancia de que las contribuciones a ese programa no se efectúen a expensas del
Fondo General;
5. Acoge con satisfacción el aumento de la cooperación entre el Organismo y las organizaciones
internacionales y regionales, los Estados, los organismos competentes y las organizaciones no
gubernamentales, que es fundamental para incrementar las contribuciones del Organismo al mejoramiento
de las condiciones de los refugiados y de ese modo a la estabilidad social de los territorios ocupados;
6. Insta a todos los Estados Miembros a que otorguen y agilicen su ayuda y asistencia para impulsar
el desarrollo económico y social del pueblo palestino y de los territorios ocupados;
7. Reitera su profunda preocupación por el hecho de que, como se señala en el informe del
Comisionado General1, la situación financiera del Organismo siga siendo crítica;
8. Encomia los esfuerzos del Comisionado General para lograr la transparencia presupuestaria y la
eficiencia internas y al respecto acoge con satisfacción la nueva estructura unificada del presupuesto para
el bienio 2000–2001, que puede contribuir de manera importante a una mayor transparencia presupuestaria
del Organismo;
3
A/51/889–S/1997/357, anexo; véase Documentos Oficiales del Consejo de Seguridad, quincuagésimo
segundo año, Suplemento de abril, mayo y junio de 1997, documento S/1997/357.
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