A/RES/59/190
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
15 de marzo de 2005
Quincuagésimo noveno período de sesiones
Tema 105 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 20 de diciembre de 2004
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/59/503/Add.2)]
59/190. Fortalecimiento de las actividades de las Naciones Unidas
en la esfera de los derechos humanos mediante el fomento
de la cooperación internacional, e importancia de la no
selectividad, la imparcialidad y la objetividad
La Asamblea General,
Teniendo presente que entre los propósitos de las Naciones Unidas figuran
los de fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto del
principio de la igualdad de derechos y la libre determinación de los pueblos y tomar
otras medidas adecuadas para fortalecer la paz universal, así como lograr la
cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter
económico, social, cultural o humanitario y promover y alentar el respeto de los
derechos humanos y las libertades fundamentales para todos, sin distinción de raza,
sexo, idioma o religión,
Deseosa de realizar nuevos progresos en la cooperación internacional para
promover y alentar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales,
Considerando que esa cooperación internacional debe basarse en los principios
consagrados en el derecho internacional, especialmente en la Carta de las Naciones
Unidas, así como en la Declaración Universal de Derechos Humanos 1, los Pactos
internacionales de derechos humanos 2 y otros instrumentos pertinentes,
Profundamente convencida de que la acción de las Naciones Unidas en la
esfera de los derechos humanos debe basarse no sólo en una comprensión cabal de
la amplia variedad de problemas que existen en todas las sociedades, sino también
en el pleno respeto de la realidad política, económica y social de cada una de ellas,
en estricto cumplimiento de los propósitos y principios de la Carta y con la finalidad
básica de promover y alentar el respeto de los derechos humanos y las libertades
fundamentales mediante la cooperación internacional,
Recordando sus resoluciones anteriores a este respecto,
_______________
1
2
04-48769
Resolución 217 A (III).
Resolución 2200 A (XXI), anexo.
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