A/RES/64/179
9.
Reconoce los esfuerzos de la Oficina de las Naciones Unidas contra la
Droga y el Delito por ayudar a los Estados Miembros a crear y fortalecer la
capacidad de prevenir y combatir los secuestros, y solicita a la Oficina que siga
prestando asistencia técnica con miras a fomentar la cooperación internacional, en
particular la asistencia judicial recíproca, a fin de contrarrestar eficazmente este
delito grave cada vez más frecuente;
10. Insta a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito a
que intensifique la colaboración con las organizaciones intergubernamentales,
internacionales y regionales que tengan mandatos relacionados con la delincuencia
organizada transnacional, según corresponda, a fin de compartir las mejores
prácticas y aprovechar su ventaja comparativa y singular;
11. Señala las nuevas cuestiones de política citadas en el informe del
Secretario General sobre el cumplimiento de los mandatos del Programa de las
Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, con especial
referencia a las actividades de cooperación técnica de la Oficina de las Naciones
Unidas contra la Droga y el Delito12, a saber, piratería, delito cibernético, explotación
sexual de los niños y delincuencia urbana, e invita a la Oficina a que estudie, de
conformidad con su mandato, el modo de hacer frente a estas cuestiones, teniendo
presentes las resoluciones del Consejo Económico y Social 2007/12, de 25 de julio de
2007, y 2007/19, de 26 de julio de 2007, sobre la estrategia de la Oficina para el
período 2008-2011;
12. Solicita a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito
que, en el marco de su mandato actual, intensifique la reunión, el análisis y la difusión
de información a fin de mejorar los conocimientos sobre las tendencias delictivas y
prestar apoyo a los Estados Miembros para que elaboren respuestas apropiadas en
ámbitos delictivos concretos, en particular en su dimensión transnacional, teniendo en
cuenta la necesidad de utilizar de la mejor manera posible los recursos existentes;
13. Insta a los Estados Miembros y a las organizaciones internacionales
competentes a que establezcan estrategias nacionales y regionales, según proceda, y
otras medidas necesarias, en cooperación con el Programa de las Naciones Unidas
en materia de prevención del delito y justicia penal, a fin de hacer frente
eficazmente a la delincuencia organizada transnacional, en particular la trata de
personas, el tráfico de migrantes y la fabricación y el tráfico transnacional ilícitos de
armas de fuego, así como a la corrupción y el terrorismo;
14. Insta a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito a
que siga prestando asistencia a los Estados Miembros que lo soliciten en la lucha
contra el tráfico ilícito de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, y
a que apoye sus iniciativas encaminadas a combatir las relaciones de este tipo de
tráfico con otras formas de delincuencia organizada transnacional, por medios como
la prestación de asistencia técnica;
15. Alienta a los Estados Miembros a que utilicen, según sea necesario, el
manual para la evaluación de la amenaza de la delincuencia organizada elaborado por
las Naciones Unidas a fin de realizar una evaluación precisa y uniforme de la amenaza
nacional y formular estrategias pertinentes y apropiadas de lucha contra la delincuencia;
16. Reafirma la importancia de la Oficina de las Naciones Unidas contra la
Droga y el Delito y de sus oficinas regionales en la creación de capacidad a nivel local
para la lucha contra la delincuencia organizada transnacional y el tráfico de drogas, e
insta a la Oficina a que considere las vulnerabilidades, los proyectos y los efectos
regionales en la lucha contra la delincuencia organizada transnacional, en particular en
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