A/RES/57/191
Unidas relacionados con las cuestiones indígenas, incluido el Grupo de Trabajo
sobre las Poblaciones Indígenas de la Subcomisión de Promoción y Protección de
los Derechos Humanos, con el fin de racionalizar las actividades, evitar la
duplicación y la superposición y promover la eficacia, así como la decisión del
Consejo de llevar a cabo dicho examen lo antes posible y a más tardar en su período
de sesiones sustantivo de 2003 tal como dispone su decisión 2001/316,
1.
Pide al Secretario General, en relación con los proyectos de decisión I a IV
cuya aprobación recomendó al Consejo Económico y Social el Foro Permanente para
las Cuestiones Indígenas en su primer período de sesiones2, que:
a)
Designe, conforme a los procedimientos presupuestarios establecidos por
la Asamblea General en su resolución 41/213, de 19 de diciembre de 1986, una
dependencia dentro del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la
Secretaría en Nueva York, para que preste asistencia al Foro en la ejecución del
mandato que le fue encomendado en el párrafo 2 de la resolución 2000/22 del
Consejo;
b)
Establezca un fondo voluntario para el Foro con cargo al cual se financie
la puesta en práctica de las recomendaciones que haga el Foro por conducto del
Consejo, en consonancia con el apartado a) del párrafo 2 de la resolución 2000/22
del Consejo, así como las actividades que lleve a cabo el Foro en el marco de su
mandato establecido en los apartados b) y c) del párrafo 2 de la misma resolución;
2.
Alienta la postulación de indígenas a la Secretaría e invita al Secretario
General a que dé amplia publicidad a las vacantes cuando las haya;
3.
Invita a las organizaciones y órganos del sistema de las Naciones Unidas,
incluido el Grupo Interinstitucional de Apoyo al Foro, y a otras organizaciones y
órganos internacionales y regionales competentes, así como a los pueblos y las
poblaciones indígenas, a que colaboren con el Foro en la ejecución del mandato que
le fue encomendado en el párrafo 2 de la resolución 2000/22 del Consejo, en
particular mediante la aportación de personal;
4.
Insta a los gobiernos, a las instituciones financieras y a otras
organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a que consideren la
posibilidad de aportar contribuciones al fondo voluntario que establecerá para el
Foro el Secretario General;
5.
Toma nota con interés de las propuestas, los objetivos, las
recomendaciones y los ámbitos de posible actividad en el futuro enunciados por el
Foro en su informe sobre su primer período de sesiones 1, e invita a los Estados, las
organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, otras organizaciones
internacionales y regionales competentes y los pueblos y las poblaciones indígenas a
que las tengan en cuenta y, si lo deciden, adopten las medidas del caso;
6.
Decide autorizar a los miembros del Foro a celebrar con carácter
excepcional, antes de su próximo período de sesiones, una reunión de tres días de
duración del 7 al 9 de mayo de 2003.
77ª sesión plenaria
18 de diciembre de 2002
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Ibíd., cap. I, secc. A.
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