A/RES/63/159
24. Insta a los gobiernos y al sistema de las Naciones Unidas a que tomen
nuevas medidas para asegurar la integración de la perspectiva de género y la
participación plena e igual de la mujer en todas las iniciativas encaminadas a
promover la paz y la seguridad, incluidas las negociaciones de paz, el
mantenimiento y la consolidación de la paz, y las situaciones posteriores a los
conflictos, así como para fomentar su papel en la adopción de decisiones a todos los
niveles, en particular mediante la elaboración de planes de acción y estrategias de
ámbito nacional;
25. Exhorta a todas las entidades del sistema de las Naciones Unidas a que
sigan desempeñando un papel activo para asegurar la aplicación plena, efectiva y
acelerada de la Plataforma de Acción de Beijing y los resultados del vigésimo tercer
período extraordinario de sesiones, por medios como la labor de la Oficina de la
Asesora Especial en Cuestiones de Género y Adelanto de la Mujer y de la División
para el Adelanto de la Mujer, la designación permanente de especialistas en género
en todas las entidades del sistema de las Naciones Unidas, y garantizando que todo
el personal, especialmente sobre el terreno, reciba capacitación y un seguimiento
adecuado al respecto, incluidos instrumentos, orientación y apoyo, a fin de lograr la
incorporación acelerada de la perspectiva de género, y reafirma la necesidad de
reforzar la capacidad del sistema de las Naciones Unidas en la materia;
26. Pide al Secretario General que examine y redoble sus esfuerzos para
avanzar hacia el objetivo de la paridad cuantitativa entre los géneros en todos los
niveles de la Secretaría y en todo el sistema de las Naciones Unidas, con absoluto
respeto del principio de distribución geográfica equitativa, de conformidad con el
párrafo 3 del Artículo 101 de la Carta de las Naciones Unidas, sin olvidar, en
particular, a las mujeres de los países en desarrollo, los países menos adelantados,
los países de economía en transición y los Estados Miembros no representados o
muy escasamente representados, y que garantice la rendición de cuentas de los
administradores y los departamentos en relación con los objetivos de paridad entre
los géneros, y alienta encarecidamente a los Estados Miembros a que definan y
presenten de manera habitual más candidaturas de mujeres a puestos del sistema de
las Naciones Unidas, en particular a puestos de categorías superiores y de
formulación de políticas;
27. Alienta a los órganos subsidiarios de la Asamblea General a incorporar
de manera sistemática en sus deliberaciones y conclusiones perspectivas que
fomenten la igualdad entre los géneros, incluso mediante la utilización eficaz de los
análisis, datos y recomendaciones que figuran en los informes del Secretario
General, y a seguir de cerca los resultados;
28. Pide que los informes que ha de presentarle el Secretario General
faciliten la formulación de políticas adaptadas a las cuestiones de género, mediante
la inclusión más sistemática de análisis cualitativos sobre los aspectos de género, así
como datos y recomendaciones para la adopción de otras medidas;
29. Hace un llamamiento al sistema de las Naciones Unidas para que prosiga
sus esfuerzos dirigidos a alcanzar el objetivo de la paridad entre los géneros, con el
apoyo decidido de los coordinadores de las cuestiones de género, y pide al
Secretario General que presente un informe oral al respecto a la Comisión de la
Condición Jurídica y Social de la Mujer en sus períodos de sesiones 53° y 54°, que
informe cada dos años a la Asamblea General a partir de su sexagésimo quinto
período de sesiones en relación con el tema titulado “Adelanto de la mujer”, y que
incluya en su informe sobre la gestión de los recursos humanos información sobre la
situación de la mujer en el sistema de las Naciones Unidas, especialmente sobre los
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