A/RES/63/159 24. Insta a los gobiernos y al sistema de las Naciones Unidas a que tomen nuevas medidas para asegurar la integración de la perspectiva de género y la participación plena e igual de la mujer en todas las iniciativas encaminadas a promover la paz y la seguridad, incluidas las negociaciones de paz, el mantenimiento y la consolidación de la paz, y las situaciones posteriores a los conflictos, así como para fomentar su papel en la adopción de decisiones a todos los niveles, en particular mediante la elaboración de planes de acción y estrategias de ámbito nacional; 25. Exhorta a todas las entidades del sistema de las Naciones Unidas a que sigan desempeñando un papel activo para asegurar la aplicación plena, efectiva y acelerada de la Plataforma de Acción de Beijing y los resultados del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones, por medios como la labor de la Oficina de la Asesora Especial en Cuestiones de Género y Adelanto de la Mujer y de la División para el Adelanto de la Mujer, la designación permanente de especialistas en género en todas las entidades del sistema de las Naciones Unidas, y garantizando que todo el personal, especialmente sobre el terreno, reciba capacitación y un seguimiento adecuado al respecto, incluidos instrumentos, orientación y apoyo, a fin de lograr la incorporación acelerada de la perspectiva de género, y reafirma la necesidad de reforzar la capacidad del sistema de las Naciones Unidas en la materia; 26. Pide al Secretario General que examine y redoble sus esfuerzos para avanzar hacia el objetivo de la paridad cuantitativa entre los géneros en todos los niveles de la Secretaría y en todo el sistema de las Naciones Unidas, con absoluto respeto del principio de distribución geográfica equitativa, de conformidad con el párrafo 3 del Artículo 101 de la Carta de las Naciones Unidas, sin olvidar, en particular, a las mujeres de los países en desarrollo, los países menos adelantados, los países de economía en transición y los Estados Miembros no representados o muy escasamente representados, y que garantice la rendición de cuentas de los administradores y los departamentos en relación con los objetivos de paridad entre los géneros, y alienta encarecidamente a los Estados Miembros a que definan y presenten de manera habitual más candidaturas de mujeres a puestos del sistema de las Naciones Unidas, en particular a puestos de categorías superiores y de formulación de políticas; 27. Alienta a los órganos subsidiarios de la Asamblea General a incorporar de manera sistemática en sus deliberaciones y conclusiones perspectivas que fomenten la igualdad entre los géneros, incluso mediante la utilización eficaz de los análisis, datos y recomendaciones que figuran en los informes del Secretario General, y a seguir de cerca los resultados; 28. Pide que los informes que ha de presentarle el Secretario General faciliten la formulación de políticas adaptadas a las cuestiones de género, mediante la inclusión más sistemática de análisis cualitativos sobre los aspectos de género, así como datos y recomendaciones para la adopción de otras medidas; 29. Hace un llamamiento al sistema de las Naciones Unidas para que prosiga sus esfuerzos dirigidos a alcanzar el objetivo de la paridad entre los géneros, con el apoyo decidido de los coordinadores de las cuestiones de género, y pide al Secretario General que presente un informe oral al respecto a la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer en sus períodos de sesiones 53° y 54°, que informe cada dos años a la Asamblea General a partir de su sexagésimo quinto período de sesiones en relación con el tema titulado “Adelanto de la mujer”, y que incluya en su informe sobre la gestión de los recursos humanos información sobre la situación de la mujer en el sistema de las Naciones Unidas, especialmente sobre los 9

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