A/RES/60/210 atención a las mujeres pobres y sin educación, y a que respalden el acceso de la mujer a la asistencia jurídica; 16. Exhorta a los gobiernos y las asociaciones empresariales a que faciliten el acceso de las mujeres, en particular las jóvenes y las empresarias, a la educación y la capacitación en las esferas del comercio, la administración y las tecnologías de la información y las comunicaciones; 17. Reconoce la función que cumple la microfinanciación, incluido el microcrédito, en la erradicación de la pobreza, el empoderamiento de la mujer y la generación de empleo, señala a este respecto la importancia de que los sistemas financieros nacionales sean sólidos, y alienta el fortalecimiento de las instituciones de microcrédito existentes y nuevas y su capacidad, en particular mediante el apoyo de las instituciones financieras internacionales; 18. Subraya la necesidad de que se preste asistencia para que las mujeres de los países en desarrollo, y en particular los grupos comunitarios de mujeres, puedan tener pleno acceso a las nuevas tecnologías, incluida la tecnología de la información, y utilizarlas para su empoderamiento; 19. Insta a los Estados a que elaboren y revisen leyes para conceder a la mujer derechos plenos y en pie de igualdad a la posesión de tierras y otros bienes, entre ellos los transmitidos en herencia, y a que emprendan reformas administrativas y adopten otras medidas necesarias para dar a la mujer los mismos derechos que al hombre en lo que respecta al crédito, el capital, las tecnologías apropiadas, el acceso a los mercados y la información; 20. Exhorta a los gobiernos a que alienten al sector financiero a incorporar perspectivas de género en sus políticas y programas; 21. Exhorta también a los gobiernos a que faciliten, entre otras cosas, con legislación y entornos laborales que sean favorables a la familia y tengan en cuenta las cuestiones de género, la lactancia materna entre las madres trabajadoras y la prestación de la asistencia necesaria para el cuidado de los hijos y otros familiares a cargo de las trabajadoras, y a que consideren la posibilidad de promover, según proceda, políticas y programas para que los hombres y las mujeres puedan compaginar sus obligaciones laborales, sociales y familiares; 22. Reconoce la necesidad de empoderar a las mujeres económica y políticamente, en particular a las mujeres pobres, y a este respecto alienta a los gobiernos a que, con el apoyo de sus asociados para el desarrollo, inviertan en la infraestructura adecuada y otros proyectos, y creen oportunidades de empoderamiento económico, con el fin de aliviar a las mujeres y niñas la carga de penosas labores cotidianas; 23. Expresa su preocupación porque la pandemia del VIH/SIDA agrava las desigualdades entre los géneros, porque las mujeres y las niñas soportan una parte desproporcionada de la carga impuesta por la crisis del VIH/SIDA, y porque éstas son más proclives a la infección, desempeñan una función clave en el cuidado de los enfermos y se han vuelto más vulnerables a la pobreza como consecuencia de la crisis del VIH/SIDA; 24. Reafirma el compromiso de lograr el acceso universal a la salud reproductiva para 2015, según lo estipulado en la Conferencia Internacional sobre la Población y el 5

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos