A/RES/68/131
Promoción de la integración social mediante la inclusión social
emergencias humanitarias y el cambio climático y, a este respecto, invita a las
entidades de las Naciones Unidas y las instituciones internacionales pertinentes a
que apoyen esos esfuerzos;
Invita a los Estados Miembros y alienta a las organizaciones regionales a
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prestar apoyo a las iniciativas nacionales encaminadas a lograr sociedades
inclusivas, en particular en los países en desarrollo, cuando así lo soliciten, por
medios como la cooperación financiera y técnica para la elaboración y aplicación de
políticas de inclusión social racionales;
10. Alienta a los Estados Miembros a incorporar los objetivos de integración
social en las políticas de inclusión social promoviendo la participación de las
personas que pertenecen a grupos vulnerables o marginados o que se encuentran en
situaciones vulnerables o de marginación en los procesos de planificación, aplicación
y seguimiento, en colaboración, según proceda, con las organizaciones pertinentes
del sistema de las Naciones Unidas para el desarrollo, las organizaciones regionales,
las instituciones financieras internacionales y regionales, los asociados para el
desarrollo y los interlocutores sociales, el sector privado y las organizaciones de la
sociedad civil;
11. Invita a los Estados Miembros, las organizaciones pertinentes del sistema
de las Naciones Unidas, las organizaciones regionales, las instituciones financieras
internacionales y regionales, los asociados para el desarrollo y los interlocutores
sociales, el sector privado y las organizaciones de la sociedad civil a que
proporcionen información sobre las actividades que realizan para promover la
inclusión social y la integración social e intercambien opiniones, buenas prácticas e
información sobre la elaboración de políticas relativas a la inclusión social;
12. Invita a los Estados Miembros a que tengan debidamente en cuenta la
promoción de la integración social y la no discriminación como parte integral de la
lucha contra las desigualdades en la elaboración de la agenda para el desarrollo
después de 2015, y alienta a los Estados Miembros a que, en cooperación con la
sociedad civil, hagan todo lo posible para atender las necesidades de las personas
más vulnerables y promuevan su participación en los procesos de adopción de
decisiones;
13. Alienta a los Estados Miembros a mejorar la recopilación y utilización de
datos desglosados por edad, sexo y otros criterios pertinentes para la formulación de
políticas y programas encaminados a lograr la inclusión social, y destaca la
importancia de la cooperación internacional a este respecto;
14. Solicita al Secretario General que en su septuagésimo período de
sesiones le presente un informe sobre la aplicación de la presente resolución en que
se tenga en cuenta la información proporcionada por los Estados Miembros y los
agentes pertinentes del sistema de las Naciones Unidas;
15. Decide seguir examinando la cuestión en su septuagésimo período de
sesiones, en relación con el tema titulado “Desarrollo social”.
70ª sesión plenaria
18 de diciembre de 2013
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