Mejoramiento de la situación de las mujeres y las niñas en las zonas rurales A/RES/74/126 derecho a la libertad de expresión y de reunión y asociación pacíficas, y mediante el apoyo a organizaciones de mujeres y agricultores de las que sean miembros pequeñas agricultoras y agricultoras de subsistencia, sindicatos, cooperativas u otras asociaciones y grupos de la sociedad civil que promuevan los derechos de las mujeres rurales; f) Promover las consultas con las mujeres rurales y, cuando proceda, las niñas rurales, incluidas las indígenas y las que tienen discapacidad y las mujeres de edad, así como su participación, por medio de sus organizaciones y redes, en la formulación, la elaboración y la aplicación y el seguimiento de programas y estrategias de igualdad de género, empoderamiento de las mujeres y desarrollo rural; g) Asegurar que se tengan en cuenta las perspectivas de las mujeres y las niñas rurales y que las mujeres rurales participen plena y significativamente y en pie de igualdad en la formulación, la aplicación, el seguimiento y la evaluación de las políticas y actividades relacionadas con la prevención de conflictos, la mitigación de las situaciones posteriores a conflictos, la mediación para la paz, los efectos del cambio climático y las emergencias, incluidos los desastres naturales, la asistencia humanitaria, la consolidación de la paz y la reconstrucción posconflicto y, a este respecto, tomar medidas apropiadas para eliminar todas las formas de violencia y discriminación contra las mujeres y niñas rurales; h) Integrar la perspectiva de género en la formulación, la aplicación, la evaluación y el seguimiento de políticas, planes y progr amas de desarrollo, incluidas las políticas presupuestarias, cuando haga falta, asegurando la coordinación entre los ministerios competentes, los encargados de la formulación de políticas de género, los mecanismos de género y otras organizaciones e instituciones gubernamentales pertinentes con conocimientos especializados en el ámbito del género, y prestando mayor atención a las necesidades de las mujeres y las niñas rurales, a fin de que se beneficien de los programas y las políticas adoptados en todas las esferas y se reduzca el número, desproporcionado, de mujeres rurales que viven en la pobreza; i) Incorporar la perspectiva de género a los procesos de adopción de decisiones y la gobernanza de los recursos naturales, sacando el máximo provecho de la participación e influencia de las mujeres en la gestión del uso sostenible de los recursos naturales, y aumentar la capacidad de los Gobiernos, la sociedad civil y los asociados para el desarrollo de comprender y abordar mejor las cuestiones de género en la gestión y gobernanza de los recursos naturales; j) Implementar intervenciones eficaces, de gran impacto, de calidad garantizada, centradas en las personas, que incorporen las perspectivas de género y de discapacidad y se basen en datos empíricos para atender las necesidades en materia de salud de las mujeres y las niñas rurales, en particular las que se encuentran en situaciones vulnerables, durante toda su vida; k) Fortalecer las medidas, incluida la generación de recursos, destinadas a mejorar la salud de las mujeres, incluida la salud materna, mediante la atención de las necesidades específicas de las mujeres rurales en materia de salud y nutrición y sus necesidades básicas, la adopción de medidas concretas para proporcionar y mejorar el acceso de las mujeres de todas las edades de las zonas rurales al más alto nivel posible de salud física y mental, así como a servicios de atención primaria de la salud y servicios de apoyo de calidad, asequibles y universalmente accesibles, incluidos la atención de la salud prenatal y posnatal, la atención obstétrica de urgencia, la planificación familiar, la información y la educación, el fomento del conocimiento, la concienciación y el apoyo para la eliminación de las prácticas nocivas y la prevención, el tratamiento y la atención de infecciones de transmisión sexual, incluido el VIH, garantizando el acceso universal a la salud sexual y reproductiva y los derechos 19-22221 5/11

Seleccionar párrafo de destino3