A/RES/49/50 Página 4 informes periódicos sobre el estado de las ratificaciones de los tratados multilaterales y la adhesión a ellos y, en caso negativo, a que indiquen si, a su juicio, ello sería útil. Habría que examinar la cuestión de los tratados que no hubiesen logrado una participación más amplia o no hubiesen entrado en vigor después de un período prolongado y de las causas de esa situación. 3. Se alienta a los Estados y las organizaciones internacionales a que presten a los Estados, en particular a los países en desarrollo, asistencia y asesoramiento técnico a fin de facilitar su participación en el proceso de elaboración de tratados multilaterales, incluida su adhesión a esos tratados y el cumplimiento de ellos, de conformidad con sus sistemas jurídicos nacionales. 4. Se alienta a los Estados a que informen al Secretario General de los medios y métodos que se prevean en los tratados multilaterales en que sean partes para la aplicación de esos tratados. Se alienta igualmente a las organizaciones internacionales a que informen al Secretario General de los medios y métodos que se prevean en los tratados multilaterales concertados bajo sus auspicios para la aplicación de esos tratados. Se pide al Secretario General que prepare un informe sobre la base de esa información y lo presente a la Asamblea General. 5. La Asamblea General, reconociendo la importancia de la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado, toma nota de las actividades en curso encaminadas a facilitar la aplicación de los instrumentos internacionales vigentes en esta esfera. II. PROMOCIÓN DE MEDIOS Y MÉTODOS PARA EL ARREGLO PACÍFICO DE CONTROVERSIAS ENTRE ESTADOS, INCLUIDO EL RECURSO A LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA Y EL PLENO ACATAMIENTO DE SUS FALLOS 1. Se invita a los Estados, a las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y a las organizaciones regionales, incluido el Comité Jurídico Consultivo Asiático-Africano, así como a la Asociación de Derecho Internacional, el Instituto de Derecho Internacional, el Instituto HispanoLuso-Americano de Derecho Internacional y otras instituciones que realizan actividades en la esfera del derecho internacional, así como a las asociaciones nacionales de derecho internacional, a que estudien los medios y métodos para el arreglo pacífico de controversias entre Estados, incluido el recurso a la Corte Internacional de Justicia y el pleno acatamiento de sus fallos, y a que presenten a la Sexta Comisión sugerencias para propiciarlos. 2. Habida cuenta de las sugerencias mencionadas en el párrafo 1 de la presente sección y de las recomendaciones contenidas en el informe del Secretario General titulado "Un programa de paz" 4/, la Sexta Comisión, basándose en la medida apropiada en un informe del Comité Especial de la Carta de las Naciones Unidas y del fortalecimiento del papel de la Organización o en un informe del Grupo de Trabajo sobre el Decenio de las Naciones Unidas para el Derecho Internacional, debería examinar los asuntos siguientes: a) La cuestión de una mayor utilización de medios y métodos de arreglo pacífico de controversias, prestando especial atención a la función que han de desempeñar las Naciones Unidas, así como a los métodos para determinar prontamente la existencia de una controversia, prevenirla e impedir que se propague; ____________ 4/ A/47/277-S/24111. /...

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