A/RES/60/166
b) Hacer todo lo posible, de conformidad con su legislación nacional y con
las normas internacionales de derechos humanos, por garantizar que los lugares,
santuarios y símbolos religiosos se respeten y protejan plenamente y adoptar
medidas adicionales en los casos en que sean vulnerables a la profanación o la
destrucción;
c)
Examinar, cuando proceda, las prácticas de registro existentes a fin de
asegurar el derecho de todas las personas a manifestar su religión o sus
convicciones, solas o en comunidad con otros y en público o en privado;
d) Garantizar, en particular, el derecho de todas las personas a practicar su
religión o reunirse en relación con una religión o creencia y establecer y mantener
lugares para esos propósitos y el derecho de todas las personas a escribir, publicar y
difundir textos pertinentes en esas esferas;
e)
Garantizar que, de conformidad con la legislación nacional apropiada y
las normas internacionales y de derechos humanos, se respete y proteja plenamente
la libertad de todas las personas y miembros de grupos de establecer y mantener
instituciones religiosas, caritativas y humanitarias;
f)
Garantizar que nadie dentro de su jurisdicción se vea privado del derecho
a la vida, la libertad o la seguridad de las personas a causa de su religión o sus
convicciones y que nadie sea sometido a tortura ni arresto o detención arbitraria por
ese motivo, y llevar ante la justicia a todos los responsables de violar esos derechos;
g) Garantizar que todos los funcionarios y empleados públicos, incluidos los
miembros de las fuerzas del orden, las fuerzas armadas y los docentes, en el
desempeño de sus funciones oficiales, respeten las diferentes religiones y
convicciones y no discriminen sobre la base de la religión o las convicciones, y que
se proporcione toda la educación o capacitación necesaria y apropiada;
Reconoce con profunda preocupación el aumento generalizado de los
5.
casos de intolerancia y violencia dirigidos contra miembros de muchas comunidades
religiosas y de otro tipo en diversas partes del mundo, incluidos los casos motivados
por la islamofobia, el antisemitismo y la cristianofobia;
Expresa preocupación por la persistencia de la intolerancia y
6.
discriminación sociales e institucionalizadas que se practican en nombre de la
religión o las convicciones contra muchas personas;
Condena cualquier apología del odio religioso que constituya una
7.
incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia, ya sea mediante la
utilización de medios de difusión impresos, audiovisuales y electrónicos o por
cualquier otro medio;
Destaca la necesidad de intensificar el diálogo, entre otras cosas,
8.
revitalizando el Programa Mundial para el Diálogo entre Civilizaciones5;
9.
Invita a los Estados, a la Relatora Especial, la Oficina del Alto
Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y otras
entidades pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, así como a la
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura,
otras organizaciones internacionales y regionales y a la sociedad civil a considerar
la posibilidad de fomentar el diálogo entre civilizaciones a fin de contribuir a
eliminar la intolerancia y la discriminación fundadas en la religión o las
convicciones, entre otras cosas, abordando las siguientes cuestiones en el marco de
las normas internacionales de derechos humanos:
4
Seleccionar párrafo de destino3
Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos