A/RES/50/108 Página 2 1. Acoge con beneplácito el informe del Grupo de las Naciones Unidas sobre creación de oportunidades y participación 2/; 2. Toma nota de la contribución del Grupo a la finalización de un programa de desarrollo y a las disposiciones para el seguimiento de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social celebrada en Copenhague del 6 al 12 de marzo de 1995; 3. Invita a los Estados Miembros y a los organismos y organizaciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas a que examinen las observaciones y recomendaciones del Grupo, en particular las secciones de su informe relativas a los esfuerzos que deben hacerse para promover el desarrollo de la pequeña y mediana empresa en los países en desarrollo como medida eficaz para fomentar la creación de oportunidades y la participación en el contexto del desarrollo nacional y el desarrollo económico y social de todos los pueblos; 4. Invita a la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible a que, dentro del marco general de sus actividades relacionadas con el comercio, el medio ambiente y el desarrollo sostenible, la mitigación de la pobreza y la promoción de la agricultura sostenible y el desarrollo rural y la explotación pesquera en pequeña escala, haga uso del trabajo del Grupo; 5. Invita al Comité de Planificación del Desarrollo a que, de conformidad con su mandato, tenga en cuenta las recomendaciones del Grupo en la labor que realice en 1996 en el contexto de la Estrategia Internacional del Desarrollo para el Cuarto Decenio de las Naciones Unidas para el Desarrollo 3/; 6. Alienta a los organismos y las organizaciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, en particular al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y a las comisiones regionales, a que redoblen sus esfuerzos por fomentar la creación de oportunidades y la participación y a que desarrollen esos conceptos y los incorporen en sus estrategias y programas, incluidos los cursos prácticos y seminarios regionales y nacionales; 7. Invita a los Estados Miembros y a las organizaciones internacionales a que hagan contribuciones voluntarias especiales para esos esfuerzos; 8. Alienta a que se preste apoyo para que el informe del Grupo sea objeto de la mayor difusión posible en la comunidad internacional. 96a. sesión plenaria 20 de diciembre de 1995 2/ A/50/501, anexo. Véase también A/50/501/Add.1 3/ Resolución 45/199, anexo.

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