A/RES/60/135 2. Recomienda que, en las iniciativas que se llevan a cabo para lograr los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los de la Declaración del Milenio 3, se tenga en cuenta la situación de las personas de edad; Exhorta a los gobiernos y, en el marco de sus mandatos, a los organismos 3. y organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, y alienta a la comunidad no gubernamental, a que incorporen de manera adecuada en sus programas y proyectos los problemas que plantea el envejecimiento de la población y las preocupaciones de las personas de edad; Invita a los Estados Miembros y a las organizaciones y los órganos del 4. sistema de las Naciones Unidas a que tengan en cuenta las necesidades y preocupaciones de las personas de edad en la adopción de decisiones a todos los niveles; Subraya la necesidad de incrementar la capacidad nacional con miras a 5. fomentar y facilitar la aplicación del Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento, 2002 4, y, en este sentido, alienta a los gobiernos a que den su apoyo al Fondo Fiduciario de las Naciones Unidas para el Envejecimiento a fin de que el Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la Secretaría pueda prestar más asistencia a los países que la soliciten; Exhorta a los gobiernos a que consulten y utilicen el Programa 6. investigación sobre el envejecimiento para el siglo XXI, aprobado por el Foro Valencia en abril de 2002, como instrumento para aumentar la capacidad nacional relación con el envejecimiento, a fin de aplicar, examinar y evaluar el Plan Acción de Madrid; de de en de Invita a los gobiernos, las organizaciones intergubernamentales y las 7. organizaciones no gubernamentales a que alienten y apoyen investigaciones detalladas, diversificadas y especializadas sobre el envejecimiento en todos los países; Invita a las comisiones orgánicas del Consejo Económico y Social a que 8. incorporen en su labor las cuestiones relativas al envejecimiento de los individuos y de la población, a fin de promover la aplicación del Plan de Acción de Madrid; Recomienda que la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la 9. Mujer siga examinando la situación de las mujeres de edad, en particular las más vulnerables, incluidas las que viven en zonas rurales; 10. Alienta a las comisiones regionales que aún no lo hayan hecho a que elaboren una estrategia regional para aplicar el Plan de Acción de Madrid; 11. Toma nota de la resolución 42/1 de la Comisión de Desarrollo Social2 y, en este contexto, pide al Secretario General que presente a la Comisión, en su 44° período de sesiones, sus propuestas para realizar el examen y la evaluación del Plan de Acción en los planos regional y mundial; 12. Pide a las organizaciones y los órganos del sistema de las Naciones Unidas que sigan reforzando la capacidad de los centros de coordinación sobre el envejecimiento y les asignen recursos suficientes para que continúen aplicando el _______________ 3 Véase la resolución 55/2. Informe de la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento, Madrid, 8 a 12 de abril de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.02.IV.4), cap. I, resolución 1, anexo II. 4 2

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