A/RES/52/182
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IV
25. Reafirma la necesidad de que se asigne prioridad a los problemas que encaran los países menos
adelantados y reafirma, en particular, que se deben adoptar las medidas que proceda para ayudar a los
países menos adelantados a aprovechar al máximo las oportunidades y reducir las dificultades que podrían
derivarse de los acuerdos de la Ronda Uruguay;
26. Insta a los gobiernos y a las organizaciones internacionales interesadas a que apliquen rápida y
plenamente la Decisión Ministerial sobre las medidas en favor de los países menos adelantados5, y a que
apliquen eficazmente la Decisión Ministerial sobre las medidas relativas a los posibles efectos negativos
del programa de reforma en los países menos adelantados y en los países en desarrollo importadores netos
de alimentos5, así como las recomendaciones aprobadas en la Reunión Intergubernamental de Alto Nivel
sobre el examen mundial de mitad de período de la aplicación del Programa de Acción en favor de los
países menos adelantados para el decenio de 19908 y en el noveno período de sesiones de la Conferencia
de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, en la medida en que se refieran al comercio y las
cuestiones vinculadas al comercio que interesan a los países menos adelantados;
27. Pide a los gobiernos, a los órganos, organizaciones y organismos del sistema de las Naciones
Unidas y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales que adopten medidas concretas
para aplicar plenamente y con urgencia el Nuevo Programa de las Naciones Unidas para el desarrollo de
África en el decenio de 19909, incluidas las medidas y recomendaciones convenidas en su examen de
mitad de período, especialmente las relativas al comercio y el desarrollo;
28. Acoge con beneplácito la aprobación, en la Reunión de Alto Nivel sobre iniciativas integradas
para el desarrollo del comercio de los países menos adelantados, convocada por la Organización Mundial
del Comercio en Ginebra los días 27 y 28 de octubre de 1997, de un marco integrado para la asistencia
técnica vinculada al comercio e invita a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y
Desarrollo a que siga aumentando la eficacia y eficiencia de sus actividades de asistencia técnica vinculada
al comercio para los países menos adelantados, en colaboración con la Organización Mundial del
Comercio, el Centro de Comercio Internacional, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo,
el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional;
29. Invita a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, al Banco Mundial
y al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo a que mejoren la colaboración entre los
programas de la Conferencia para los países menos adelantados y el mecanismo del diálogo general sobre
política sectorial y macroeconómica relativo a esos países que se sostiene en el Grupo Consultivo del
Banco Mundial y en las reuniones de mesa redonda del Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo, teniendo presente la resolución 50/120 de la Asamblea General, de 20 de diciembre de 1995;
30. Destaca la necesidad de que, en el contexto de la cooperación internacional sobre cuestiones de
comercio y desarrollo, se preste particular atención al cumplimiento de los muchos compromisos
internacionales en materia de desarrollo que tienen por objeto responder a las necesidades y problemas
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Véase A/50/745.
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Resolución 46/151, anexo, secc. II.
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