A/RES/52/184
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Reconociendo la necesidad de asignar recursos suficientes para fomentar la ciencia y la tecnología
para el desarrollo,
Reconociendo asimismo la necesidad de que los gobiernos y los órganos regionales e internacionales
adopten medidas para dar a la mujer mayor acceso a los sectores científicos y tecnológicos y una mayor
participación en ellos, especialmente en aquellos sectores en que no está representada o está
insuficientemente representada,
Tomando nota del informe del Secretario General titulado "Cuestiones de política macroeconómica:
ciencia y tecnología para el desarrollo"2,
1. Reafirma la decisión 1997/306 del Consejo Económico y Social, de 25 de julio de 1997, en que
el Consejo aprobó el programa provisional del cuarto período de sesiones de la Comisión de Ciencia y
Tecnología para el Desarrollo sobre la base del informe de la Comisión sobre su tercer período de
sesiones3;
2. Reconoce la labor que está llevando a cabo la Comisión de Ciencia y Tecnología para el
Desarrollo, subraya la importancia de las actividades que han de realizarse en el marco de la Comisión,
incluso la amplia gama de los nuevos desafíos mundiales en la esfera de la ciencia y la tecnología, alienta
a que se preste apoyo a esas actividades y, a ese respecto, reafirma que el tema sustantivo para el intervalo
entre períodos de sesiones de la Comisión en 1997-1999 será "Asociaciones de ciencia y tecnología y
establecimiento de redes para mejorar las capacidades nacionales";
3. Reafirma que el desarrollo de la capacidad en materia de ciencia y tecnología en los países en
desarrollo debe seguir siendo una de las cuestiones prioritarias del programa de las Naciones Unidas e
insta a que se redoblen e intensifiquen las actividades internacionales de cooperación encaminadas a crear
una capacidad endógena en ciencia y tecnología en los países en desarrollo, incluida la capacidad para
utilizar los avances científicos y tecnológicos del exterior, y para adaptarlos a las condiciones locales;
4. Reconoce también la función que cumplen los gobiernos en materia de ciencia y tecnología para
el desarrollo, en particular proporcionando marcos normativos adecuados e incentivos para desarrollar la
capacidad científica y tecnológica;
5. Reconoce además el papel del sector privado en la esfera de la ciencia y la tecnología para el
desarrollo, en particular en la transferencia y el desarrollo de la capacidad científica y tecnológica;
6. Subraya la necesidad de fortalecer el importante papel que desempeñan las Naciones Unidas en
la esfera de la ciencia y la tecnología a fin de abarcar distintos aspectos de la labor de las Naciones
Unidas, en particular proporcionando una orientación eficaz en materia de políticas y mejorando la
coordinación, incluida la cooperación internacional en la evaluación, supervisión y previsión en materia
de tecnología, así como en la esfera de la tecnología de información y comunicaciones, y facilitando un
entorno propicio para el desarrollo de nuevas tecnologías ecológicamente racionales, y pide a las
organizaciones, los fondos y los programas de las Naciones Unidas que trabajen de manera coordinada
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A/52/320.
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Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1997, Suplemento No. 11 (E/1997/31).
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