Protección y asistencia para los desplazados internos
A/RES/80/211
Expresando su aprecio a los Gobiernos y las organizaciones
intergubernamentales, regionales y no gubernamentales que han apoyado y facilitado
la labor de la Relatora Especial sobre los derechos humanos de los desplazados
internos y de sus predecesores los ex representantes del Secretario General sobre los
derechos humanos de los desplazados internos, los cuales han ayudado, de
conformidad con sus funciones y responsabilidades, a proporcionar protección y
asistencia a los desplazados internos,
Acogiendo con beneplácito la cooperación continua entre la Relatora Especial y
los Gobiernos nacionales y las oficinas y organismos competentes de las Naciones
Unidas, así como con otras organizaciones internacionales y regionales, y alentando
el fortalecimiento de esa colaboración a fin de promover mejores estrategias,
protección, asistencia y soluciones duraderas para los desplazados internos,
Reconociendo con aprecio la contribución importante e independiente que
realizan el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y otros
organismos humanitarios para proteger y asistir a los desplazados internos, en
cooperación con los Gobiernos nacionales y los órganos internacionales competentes,
Tomando nota con aprecio de las cuatro prioridades temáticas establecidas por
la Relatora Especial, contenidas en el informe que presentó al Consejo de Derechos
Humanos en su 53 er período de sesiones 18, y los dos objetivos estratégicos de ayudar
a los Gobiernos a crear instrumentos e instituciones nacionales sobre los
desplazamientos internos y facilitar soluciones duraderas y viables para los
desplazados internos, incluso mediante la participación de los agentes del desarrollo,
y haciendo notar además los últimos informes de la Relatora Especial 19,
1.
Toma nota con aprecio del informe principal de la Relatora Especial sobre
los derechos humanos de los desplazados internos 20 y las conclusiones que en él
figuran;
2.
Encomia a la Relatora Especial por las actividades que ha realizado hasta
la fecha, por la función catalizadora que desempeña en concienciar sobre la difícil
situación de los desplazados internos y por sus constantes esfuerzos para atender las
necesidades de desarrollo y otras necesidades específicas, incluso incorporando la
perspectiva de los derechos humanos de los desplazados internos en todas las
entidades competentes del sistema de las Naciones Unidas;
3.
Alienta a la Relatora Especial a que, mediante un diálogo permanente con
los Gobiernos y todas las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales
interesadas, siga analizando los motivos de los desplazamientos internos y se
mantenga informada de las necesidades y los derechos humanos de los desplazados,
incluidas las necesidades de aquellos que podrían estar en situaciones especialmente
vulnerables, como las mujeres, los niños, las personas de edad y las personas con
discapacidad, el nivel de preparación ante emergencias y la forma de reforzar la
protección y la asistencia, incluso intensificando el papel de las instituciones
nacionales de derechos humanos, según proceda, y la protección de los desplazados
internos, así como soluciones duraderas para los desplazados internos, incluso
abordando los posibles obstáculos a su ejercicio del derecho a la vivienda, la tierra y
la propiedad, alienta también a la Relatora Especial, a este último respecto, a que
utilice en sus actividades el Marco de Soluciones Duraderas para los Desplazados
Internos del Comité Permanente entre Organismos, y alienta además a la Relatora
Especial a que continúe abogando por las necesidades de las comunidades de acogida
y promoviendo estrategias amplias, teniendo en cuenta la responsabilidad primordial
_______________
18
A/HRC/53/35.
A/80/212 y A/79/334.
20
A/HRC/59/46.
19
25-20967
7/15
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