A/RES/52/78
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con el Decenio internacional para la eliminación del colonialismo en todos los territorios que no hayan
logrado aún la libre determinación, incluida la independencia y, en particular:
a) Que formule propuestas concretas para la eliminación de las últimas manifestaciones del
colonialismo y le presente un informe sobre el particular en su quincuagésimo tercer período de sesiones;
b) Que siga examinando la aplicación por los Estados Miembros de la resolución 1514 (XV) y de
otras resoluciones sobre descolonización;
c) Que siga prestando especial atención a los territorios pequeños, en particular mediante el envío
frecuente de misiones visitadoras a esos territorios, y recomiende a la Asamblea General las medidas que
más convenga tomar para que las poblaciones de esos territorios puedan ejercer su derecho a la libre
determinación y a la independencia;
d) Que tome las medidas necesarias para obtener apoyo, a nivel mundial, de gobiernos y de
organizaciones nacionales e internacionales para el logro de los objetivos de la Declaración y la aplicación
de las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas;
12. Exhorta a las Potencias administradoras a que sigan cooperando con el Comité Especial en el
cumplimiento de su mandato y a que reciban misiones visitadoras enviadas a los territorios a fin de
obtener información directa y averiguar los deseos y aspiraciones de sus habitantes;
13. Exhorta también a las Potencias administradoras que no hayan participado en la labor del Comité
Especial a que lo hagan en su período de sesiones de 1998;
14. Pide al Secretario General, a los organismos especializados y a las demás organizaciones del
sistema de las Naciones Unidas que presten asistencia económica, social y de otra índole a los territorios
no autónomos y que continúen haciéndolo, cuando proceda, una vez que éstos ejerzan su derecho a la libre
determinación, incluida la independencia;
15. Acoge con satisfacción la decisión del Secretario General de 27 de octubre de 19975:
a) De que las responsabilidades sustantivas respecto del programa de descolonización sigan
correspondiendo al Departamento de Asuntos Políticos de la Secretaría;
b) De que se establezca una dependencia de descolonización aparte, dotada de los recursos
necesarios, que proporcione un aporte sustantivo a la labor del Comité Especial;
c) De que el Departamento de Asuntos de la Asamblea General y de Servicios de Conferencias de
la Secretaría se encargue de prestar los servicios técnicos de secretaría relacionados con el programa de
descolonización, según lo esbozado en su carta de 17 de marzo de 19976;
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A/52/531.
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Véase A/51/829, secc. C.
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