A/RES/50/133
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mejoramiento de los niveles de vida y la solidaridad,
Recordado también su resolución 49/30, de 7 de diciembre de 1994, en la
que reconoció la importancia de la Declaración de Managua 4/ y del Plan de
Acción 5/ aprobados por la Segunda Conferencia Internacional de las
Democracias Nuevas o Restauradas, en julio de 1994,
Recordando además la opinión expresada en la Declaración de Managua de
que la comunidad internacional debe prestar más atención a los obstáculos con
que se enfrentan las democracias nuevas o restauradas,
Tomando nota de las opiniones expresadas por los Estados Miembros en el
debate sobre ese tema en sus períodos de sesiones cuadragésimo noveno y
quincuagésimo,
Teniendo presente que las actividades de las Naciones Unidas en apoyo de
la acción de los gobiernos se llevan a cabo de conformidad con la Carta de las
Naciones Unidas y únicamente a petición de los Estados Miembros interesados,
Teniendo presente también que la democracia, el desarrollo y el respeto
por los derechos humanos y libertades fundamentales son interdependientes y se
refuerzan mutuamente, y que la democracia se basa en la voluntad libremente
expresada de los pueblos de determinar sus propios regímenes políticos,
económicos, sociales y culturales, y su participación plena en todos los
aspectos de sus vidas,
Tomando nota de que un número considerable de sociedades han emprendido
recientemente esfuerzos considerables por lograr sus objetivos sociales,
políticos y económicos mediante la democratización y la reforma de sus
economías, esfuerzos que merecen el apoyo y el reconocimiento de la comunidad
internacional,
Tomando nota con satisfacción de que se celebrará en Bucarest una
tercera Conferencia Internacional de las Democracias Nuevas o Restauradas,
Habiendo examinado el informe del Secretario General, de 7 de agosto de
1995 6/, sobre la asistencia prestada por las Naciones Unidas en el pasado,
a petición de los Estados Miembros, así como importantes conceptos y
consideraciones relacionados con esta cuestión,
1.
Acoge con beneplácito el informe del Secretario General;
2.
Encomia al Secretario General y por su conducto al sistema de las
Naciones Unidas por las actividades realizadas a petición de los gobiernos
para apoyar los esfuerzos encaminados a consolidar la democracia, según se
refleja en su informe;
3.
Reconoce que a la Organización le cabe una importante función en
lo que se refiere a suministrar apoyo oportuno, apropiado y coherente a la
4/
A/49/713, anexo I.
5/
Ibíd., anexo II.
6/
A/50/332.
/...