A/RES/56/502 para que se contrate personal local para ocupar los puestos del cuadro de servicios generales de la Fuerza, en consonancia con las necesidades de ésta; Informe de ejecución financiera correspondiente al período comprendido entre el 1° de julio de 2000 y el 30 de junio de 2001 12. Toma nota del informe del Secretario General de ejecución financiera de la Fuerza correspondiente al período comprendido entre el 1° de julio de 2000 y el 30 de junio de 2001 5; Estimaciones presupuestarias correspondientes al período comprendido entre el 1° de julio de 2002 y el 30 de junio de 2003 13. Decide consignar en la Cuenta Especial para la Fuerza de las Naciones Unidas para el Mantenimiento de la Paz en Chipre la suma de 45.632.400 dólares para el período comprendido entre el 1° de julio de 2002 y el 30 de junio de 2003, que abarca 43.652.700 dólares para el mantenimiento de la Fuerza, 1.767.900 dólares para la cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento de la paz y 211.800 dólares para la Base Logística de las Naciones Unidas; Financiación de la consignación6 14. Observa con reconocimiento que un tercio de los gastos de la Fuerza, equivalente a 15.210.800 dólares, se financiará con las contribuciones voluntarias del Gobierno de Chipre y la suma de 6,5 millones de dólares del Gobierno de Grecia, sumas que quedarán parcialmente compensadas por las partes que les corresponden respectivamente de los ingresos por concepto de contribuciones del personal estimados en 631.900 dólares para el Gobierno de Chipre y de 270.100 dólares para el Gobierno de Grecia; 15. Decide prorratear entre los Estados Miembros la suma de 23.921.600 dólares, a razón de 1.993.466 dólares por mes, de conformidad con los niveles establecidos en su resolución 55/235, con los ajustes hechos en su resolución 55/236, de 23 de diciembre de 2000, y teniendo en cuenta la escala de cuotas para los años 2002 y 2003 que figura en su resolución 55/5 B, de la misma fecha, siempre que el Consejo de Seguridad decida prorrogar el mandato de la Fuerza; 16. Decide también que, de conformidad con lo dispuesto en su resolución 973 (X), de 15 de diciembre de 1955, se deduzcan de las sumas resultantes del prorrateo entre los Estados Miembros indicado en el párrafo 15 supra las partes que les correspondan de la suma de 993.800 dólares en el Fondo de Nivelación de Impuestos para el período comprendido entre el 1° de julio de 2002 y el 30 de junio de 2003, a razón de 82.816 dólares por mes, suma que se compone de los ingresos por concepto de contribuciones del personal aprobados para la Fuerza para el período comprendido entre el 1° de julio de 2002 y el 30 de junio de 2003, estimados en 857.700 dólares; la parte que corresponde a la Fuerza en el prorrateo de los ingresos por concepto de contribuciones del personal aprobados para la cuenta de apoyo, por valor de 126.200 dólares, que está integrado por la estimación para el período comprendido entre el 1° de julio de 2002 y el 30 de junio de 2003 y el aumento de los ingresos por concepto de contribuciones del personal de dicha _______________ 5 A/56/782. En relación con los párrafos 14 a 21 véase la nota del Secretario General publicada con la signatura A/C.5/56/48. 6 3

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