A/RES/60/124 comunidades ante los desastres 4 aprobados en la Conferencia Mundial sobre la Reducción de los Desastres, celebrada en Kobe, Hyogo (Japón) del 18 al 22 de enero de 2005, Observando con grave preocupación que en muchas situaciones de emergencia se sigue tomando deliberadamente a la población civil como objetivo de actos violentos, incluidos los abusos sexuales y la violencia sexual y de otro tipo contra las mujeres, las niñas y los niños, Preocupada por la necesidad de movilizar apoyo suficiente, en particular recursos financieros, para prestar asistencia humanitaria de emergencia a todos los niveles, incluidos los niveles nacional, regional e internacional, Reconociendo la clara relación existente entre la emergencia, la rehabilitación y el desarrollo y que, para lograr una transición sin problemas del socorro a la rehabilitación y el desarrollo, la asistencia de emergencia debe proporcionarse de manera que propicie la recuperación y el desarrollo a largo plazo, y que las medidas de emergencia deben considerarse como un paso hacia el logro del desarrollo a largo plazo, Acogiendo con beneplácito las gestiones en curso para fortalecer la respuesta humanitaria internacional, en particular la asistencia humanitaria de emergencia de las Naciones Unidas, Destacando que la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de la Secretaría debería tener una financiación suficiente y más predecible, y subrayando, al mismo tiempo, la importancia de que la Oficina siga procurando ampliar su base de donantes, Toma nota con reconocimiento de los resultados de la octava serie de 1. sesiones sobre asuntos humanitarios del Consejo Económico y Social, celebrada durante su período de sesiones sustantivo de 2005; Exhorta a todos los gobiernos y a todas las partes en situaciones 2. complejas de emergencia humanitaria, en particular en los conflictos armados y después de éstos, de los países donde haya personal humanitario, a que, de conformidad con las disposiciones pertinentes del derecho internacional y la legislación nacional, colaboren plenamente con las Naciones Unidas y demás organismos y organizaciones de asistencia humanitaria y garanticen el libre acceso de ese personal en condiciones de seguridad, así como de sus suministros y equipo, a fin de que pueda cumplir con eficacia su misión de atender a la población civil afectada, incluidos los refugiados y los desplazados internos; Reafirma la obligación de todos los Estados y de todas las partes en los 3. conflictos armados de proteger a los civiles en esos conflictos de conformidad con el derecho internacional humanitario, e invita a los Estados a promover una cultura de protección, teniendo en cuenta las necesidades especiales de las mujeres, los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad; 4. Exhorta a los Estados a que adopten medidas preventivas y respondan con eficacia ante los actos de violencia cometidos contra la población civil, y a que aseguren que se haga comparecer a los responsables ante la justicia sin demora, con arreglo a la legislación nacional y a las obligaciones derivadas del derecho internacional; _______________ 4 2 Ibíd., resolución 2.

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