A/RES/72/178
Los derechos humanos al agua potable y al saneamiento
sexual mientras recogen agua para el hogar y cuando acceden a los servicios sanitarios
fuera de su hogar o practican la defecación al aire libre;
f)
Eliminen progresivamente la defecación al aire libre mediante la adopción
de políticas para aumentar el acceso al saneamiento, incluso para las personas que
pertenecen a grupos vulnerables y marginados;
g)
Aborden la cuestión del saneamiento en un contexto mucho más amplio,
teniendo en cuenta la necesidad de aplicar enfoques integrados;
h)
Realicen consultas y coordinen con las comunidades locales y otras partes
interesadas, entre ellas la sociedad civil y el sector privado, respecto de soluciones
adecuadas para garantizar el acceso sostenible al agua potable y al saneamiento;
i)
Intensifiquen los esfuerzos para reducir sustancialmente el porcentaje de
aguas residuales vertidas sin tratar en el medio ambiente y para asegurar que los
planes y programas encaminados a mejorar los servicios de saneamiento tengan en
cuenta la necesidad de establecer sistemas adecuados de tratamiento de las aguas
residuales producidas, que prevean la eliminación de las heces infantiles, con el fin
de reducir los riesgos para la salud humana, los recursos de agua potable y el medio
ambiente;
j)
Dispongan mecanismos eficaces de rendición de cuentas para todos los
proveedores de servicios de abastecimiento de agua y saneamiento, incluidos los del
sector privado, a fin de que respeten los derechos humanos y no den lugar a
violaciones o abusos de esos derechos ni contribuyan a ellos;
5.
Exhorta a las instancias no estatales, incluidas las empresas, tanto
transnacionales como de otro tipo, a que cumplan su responsabilidad de respetar los
derechos humanos, entre ellos los derechos humanos al agua potable y al saneamiento,
incluso cooperando con las investigaciones oficiales de las denuncias de abusos de
los derechos humanos al agua potable y al saneamiento, y colaborando
progresivamente con los Estados para detectar y remediar los abusos de los derechos
humanos al agua potable y al saneamiento;
6.
Invita a las organizaciones regionales e internacionales a que
complementen las iniciativas de los Estados encaminadas a lograr la realización
progresiva de los derechos humanos al agua potable y al saneamiento;
7.
Exhorta a los Estados Miembros a que intensifiquen las alianzas mundiales
para el desarrollo sostenible como medio para alcanzar y mantener los Obj etivos y
las metas de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 14, y pone de relieve que la
Agenda 2030 supone un cambio de paradigma hacia un plan de acción más
equilibrado e integrado para lograr el desarrollo sostenible que refleja la
indivisibilidad y la interdependencia de todos los derechos humanos;
8.
Reafirma que el foro político de alto nivel sobre el desarrollo sostenible,
convocado bajo los auspicios de la Asamblea General y el Consejo Económico y
Social, tiene el papel central en la supervisión del seguimiento y el examen a nivel
mundial, y alienta a los Estados Miembros a que compartan sus experiencias y
mejores prácticas en relación con los Objetivos que se examinarán en el foro político
de alto nivel que se celebrará en 2018, incluido el Objetivo de asegurar la
disponibilidad y la gestión sostenible del agua y el saneamiento para todos;
9.
Reafirma también que los Estados son los principales responsables de
garantizar la plena realización de todos los derechos humanos y de tratar de adoptar
medidas, en forma individual y mediante la asistencia y la cooperación internacionales,
especialmente de índole económica y técnica, hasta el máximo de los recursos de que
dispongan, para lograr progresivamente la plena realización de los derechos al agua
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