A/RES/60/157
humanos, no puede invocarse la falta de desarrollo como justificación para limitar
los derechos humanos internacionalmente reconocidos;
9.
Destaca que la responsabilidad primordial de promover y proteger todos
los derechos humanos corresponde al Estado, y reafirma que los Estados tienen la
responsabilidad primordial de su propio desarrollo económico y social y que no
cabe exageración cuando se insiste en el papel que desempeñan las políticas y
estrategias nacionales de desarrollo;
10. Reafirma la responsabilidad primordial de los Estados de crear
condiciones nacionales e internacionales favorables a la realización del derecho al
desarrollo, así como su compromiso de cooperar entre sí con ese fin;
11. Reafirma también la necesidad de que exista un entorno internacional
propicio a la realización del derecho al desarrollo;
12. Destaca la necesidad de procurar una mayor aceptación, aplicación y
realización del derecho al desarrollo en los planos internacional y nacional, y
exhorta a los Estados a que adopten las medidas necesarias para poner en práctica el
derecho al desarrollo como derecho humano fundamental;
13. Insiste en la importancia crítica de detectar y analizar los obstáculos que
impiden la plena realización del derecho al desarrollo tanto en el plano nacional
como internacional;
14. Afirma que, si bien la globalización ofrece oportunidades, también
plantea problemas, y que el proceso de globalización no basta para alcanzar el
objetivo de integrar a todos los países en un mundo globalizado, y destaca la
necesidad de adoptar políticas y medidas a nivel nacional y mundial para hacer
frente a los problemas y aprovechar las oportunidades de la globalización a fin de
que este proceso incluya a todos y sea plenamente equitativo;
15. Reconoce que, pese a los constantes esfuerzos de la comunidad
internacional, la disparidad entre los países desarrollados y los países en desarrollo
continúa siendo inaceptable, que los países en desarrollo siguen teniendo
dificultades para participar en el proceso de globalización y que muchos corren el
riesgo de quedar marginados y excluidos efectivamente de sus beneficios;
16. Subraya el hecho de que la comunidad internacional está lejos de
alcanzar el objetivo establecido en la Declaración del Milenio4 de reducir a la mitad,
para el año 2015, el número de personas que viven en la pobreza, reafirma el
compromiso de alcanzar este objetivo e insiste en el principio de la cooperación
internacional, que incluye las alianzas y el compromiso, entre los países
desarrollados y en desarrollo para lograr ese objetivo;
17. Insta a los países desarrollados que aún no lo hayan hecho a que tomen
medidas concretas para alcanzar los objetivos de destinar el 0,7% de su producto
nacional bruto a la asistencia oficial para el desarrollo en favor de los países en
desarrollo y entre el 0,15% y el 0,2% de su producto nacional bruto en favor de los
países menos adelantados, y alienta a los países en desarrollo a que aprovechen los
progresos realizados para asegurar que la asistencia oficial para el desarrollo se
utilice eficazmente a fin de ayudar a cumplir los objetivos y metas de desarrollo;
18. Reconoce la necesidad de facilitar el acceso de los países en desarrollo al
mercado, especialmente en lo que respecta a la agricultura, los servicios y los
productos no agrícolas, en particular los que son de interés para los países en
desarrollo;
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