A/RES/73/2 Declaración política de la Tercera Reunión de Alto Nivel de la Asamblea General sobre la Prevención y el Control de las Enfermedades No Transmisibles particular de la cooperación intersectorial para hacer frente a esos riesgos de salud pública; 32. Promover las comunidades sanas atendiendo a los efectos que causan para las enfermedades no transmisibles los determinantes ambientales, como la contaminación del aire, el agua y el suelo, la exposición a los productos químicos, el cambio climático y los fenómenos meteorológicos extremos, así como la forma en que se planifican y desarrollan las ciudades y los asentamientos humanos, entre otras cosas respecto del transporte sostenible y la seguridad urbana, para promover la actividad física, la integración social y la conectividad; 33. Alentar a que se adopten enfoques holísticos de la salud y el bienestar mediante la actividad física regular, como el deporte, el esparcimiento y el yoga, para prevenir y controlar las enfermedades no transmisibles y promover estilos de vida saludables, entre otras cosas mediante la educación física; 34. Empoderar a las personas para tomen decisiones con conocimiento de causa favoreciendo un entorno propicio, reforzando la alfabetización sanitaria por medio de la educación y llevando a cabo campañas dirigidas a la población en general y a grupos determinados en los medios de comunicación y los medios sociales que eduquen al público acerca de los perjuicios del hábito de fumar o el consumo de tabaco y la exposición al humo ajeno, el uso nocivo del alcohol y el excesivo consumo de grasas, en particular grasas saturadas y grasas trans, azúcares y sal, y promuevan el consumo de frutas y verduras, así como la alimentación sostenible que sea sana y equilibrada, y la reducción de las conductas sedentarias; 35. Fortalecer los sistemas sanitarios y reorientarlos en pos de la cobertura sanitaria universal y la mejora de los resultados en materia de salud, y del logro de sistemas sanitarios de atención primaria y especializada de alta calidad, integrados y centrados en las personas para la prevención, la detección y el control de las enfermedades no transmisibles y los trastornos de salud mental y otras afecciones de salud mental conexos a lo largo del ciclo vital, lo que comprende el acceso a servicios de diagnóstico, medicamentos, vacunas, tecnología y cuidados paliativos esenciales que sean seguros, asequibles, eficaces y de calidad, e información comprensible, de alta calidad y pensada para el paciente sobre el uso de esos ser vicios, así como sistemas de información sobre la gestión sanitaria y un personal de salud adecuado y bien formado y equipado; 36. Promover un mayor acceso a medicamentos, diagnósticos y demás tecnologías que sean asequibles, seguros, eficaces y de calidad, reafirmando el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (Acuerdo sobre los ADPIC) enmendado de la Organización Mundial del Comercio, y reafirmando también la Declaración de Doha de 2001 relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la Salud Pública, en que se reconoce que los derechos de propiedad intelectual deben ser interpretados y aplicados de una manera que apoye el derecho de los Estados Miembros de proteger la salud pública y, en particular, de promov er el acceso a los medicamentos para todos, y se señala la necesidad de incentivos apropiados para el desarrollo de nuevos productos sanitarios; 37. Aplicar medidas destinadas a mejorar la salud mental y el bienestar, en particular estableciendo servicios y tratamientos integrales para las personas que viven con trastornos mentales y otras afecciones de salud mental e integrándolos en las respuestas nacionales a las enfermedades no transmisibles, y atendiendo a los determinantes sociales y a las necesidades de salud de esas personas, respetando plenamente sus derechos humanos; 6/9 18-16893

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