A/RES/73/2
Declaración política de la Tercera Reunión de Alto Nivel de la Asamblea General
sobre la Prevención y el Control de las Enfermedades No Transmisibles
particular de la cooperación intersectorial para hacer frente a esos riesgos de salud
pública;
32. Promover las comunidades sanas atendiendo a los efectos que causan para las
enfermedades no transmisibles los determinantes ambientales, como la
contaminación del aire, el agua y el suelo, la exposición a los productos químicos, el
cambio climático y los fenómenos meteorológicos extremos, así como la forma en
que se planifican y desarrollan las ciudades y los asentamientos humanos, entre otras
cosas respecto del transporte sostenible y la seguridad urbana, para promover la
actividad física, la integración social y la conectividad;
33. Alentar a que se adopten enfoques holísticos de la salud y el bienestar mediante
la actividad física regular, como el deporte, el esparcimiento y el yoga, para prevenir
y controlar las enfermedades no transmisibles y promover estilos de vida saludables,
entre otras cosas mediante la educación física;
34. Empoderar a las personas para tomen decisiones con conocimiento de causa
favoreciendo un entorno propicio, reforzando la alfabetización sanitaria por medio de
la educación y llevando a cabo campañas dirigidas a la población en general y a
grupos determinados en los medios de comunicación y los medios sociales que
eduquen al público acerca de los perjuicios del hábito de fumar o el consumo de
tabaco y la exposición al humo ajeno, el uso nocivo del alcohol y el excesivo consumo
de grasas, en particular grasas saturadas y grasas trans, azúcares y sal, y promuevan
el consumo de frutas y verduras, así como la alimentación sostenible que sea sana y
equilibrada, y la reducción de las conductas sedentarias;
35. Fortalecer los sistemas sanitarios y reorientarlos en pos de la cobertura sanitaria
universal y la mejora de los resultados en materia de salud, y del logro de sistemas
sanitarios de atención primaria y especializada de alta calidad, integrados y centrados
en las personas para la prevención, la detección y el control de las enfermedades no
transmisibles y los trastornos de salud mental y otras afecciones de salud mental
conexos a lo largo del ciclo vital, lo que comprende el acceso a servicios de
diagnóstico, medicamentos, vacunas, tecnología y cuidados paliativos esenciales que
sean seguros, asequibles, eficaces y de calidad, e información comprensible, de alta
calidad y pensada para el paciente sobre el uso de esos ser vicios, así como sistemas
de información sobre la gestión sanitaria y un personal de salud adecuado y bien
formado y equipado;
36. Promover un mayor acceso a medicamentos, diagnósticos y demás tecnologías
que sean asequibles, seguros, eficaces y de calidad, reafirmando el Acuerdo sobre los
Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio
(Acuerdo sobre los ADPIC) enmendado de la Organización Mundial del Comercio, y
reafirmando también la Declaración de Doha de 2001 relativa al Acuerdo sobre los
ADPIC y la Salud Pública, en que se reconoce que los derechos de propiedad
intelectual deben ser interpretados y aplicados de una manera que apoye el derecho
de los Estados Miembros de proteger la salud pública y, en particular, de promov er el
acceso a los medicamentos para todos, y se señala la necesidad de incentivos
apropiados para el desarrollo de nuevos productos sanitarios;
37. Aplicar medidas destinadas a mejorar la salud mental y el bienestar, en
particular estableciendo servicios y tratamientos integrales para las personas que
viven con trastornos mentales y otras afecciones de salud mental e integrándolos en
las respuestas nacionales a las enfermedades no transmisibles, y atendiendo a los
determinantes sociales y a las necesidades de salud de esas personas, respetando
plenamente sus derechos humanos;
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